Principios rectores de Memoria, Verdad y Justicia ● Movimiento Evita
Ante diversas reacciones frente a la Impugnación presentada a la participación de Carlos Bogado en la Lista Celeste y Blanca del Partido Justicialista de Viedma
Vale reafirmar que es responsablilidad de todos los ciudadanos hacer efectivos los derechos que se han consagrado en esta década. Entre ellos los que obedecen a principios rectores de MEMORIA VERDAD Y JUSTICIA para que MUNCA MAS se repita el genocidio perpetrado contra el propio pueblo.
En este caso, como militantes del proyecto nacional, que hoy esta en el Gobierno Nacional, y que conduce la compañera presidente Cristina Fernandez de Kirchner.
En segundo lugar, no estamos ahora calificando las calidades de unapersona. No se trata de las características del señor Bogado, en buena hora que sea una buena persona. Solo que la ley lo inhabilita a ocupar cargos en democracia a quienes lo hicieran en dictaduras (Art. 7 de la Constitución de la Provincia de Rio Negro, Ley 2431 Art. 83 y Ley 4780) específicamente en el Art 83 de la Ley Nº 2431.
Artículo 83 – De los candidatos. No podrán ser candidatos a cargos públicos electivos, ni ser designados para ejercer cargos partidarios, quienes están comprendidos en los alcances del artículo 72 de la presente. Asimismo, y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 7°, último párrafo, de la Constitución de la Provincia de Río Negro y sin perjuicio de las prohibiciones e inhabilidades previstas al efecto por otras disposiciones aplicables, no podrán ser candidatos a cargos públicos electivos, ni ser designados para ejercer cargos partidarios, quienes están comprendidos en los alcances del artículo 1º de la Ley Provincial Nº 4780.
Recordamos, también, que por las mismas razones ya fue inhabilitado una vez para ejercer la función pública de Director de Deportes, por la misma razón.
Y respecto a las diferencias, claro que las hay. Para los torturadores, asesinos, o secuestradores de niños las condenas son significativamente mayores, como prisión perpetua en cárcel común, además de todas las inhabilitaciones.
En realidad, de oficio su exclusión de las listas de candidatos la debiera determinarla la propia Junta Electoral. Al no ocurrir, será la Justicia.
Movimiento Evita, Rio Negro.