Se realizó audiencia por Homicidio de Luciano Churrarín
Bariloche.- La Cámara Segunda del Crimen de San Carlos de Bariloche con la presidencia del Juez Héctor Leguizamón Pondal y las vocalías de Lanfranchi y Joos realizó en el día de la fecha audiencia debate oral y pública por el Homicidio del Sargento de la Policía de Río Negro Luciano Churrarín.
Cabe recordar que la causa llega a juicio con un imputado, Alexander Alberto Díaz, de 22 años de edad, argentino, quien se le atribuye la comisión del hecho ocurrido el día 20 de mayo de 2013, a la hora 15.10 aproximadamente, en la vía pública, frente de la Verdulería «Amanecer», ubicada en Padre Rosales y Onelli de esta ciudad. En esas circunstancias el imputado en compañía de un menor de 15 años de edad y de otra persona que no ha podido ser identificada, advirtieron la presencia de Churrarín, -quien se encontraba de franco-, realizando una compra en la despensa «Romi», de Onelli 1705.
El encartado y la otra persona esperaron a que la víctima saliera, y una vez en el exterior, se acercaron y manifestaron: «con vos queremos hablar», en tanto que el menor aguardó detrás de un vehículo que se encontraba estacionado en las inmediaciones. La víctima accedió al pedido y se dirigieron a la esquina. Allí, imprevistamente, el imputado extrajo un arma de fuego de puño de su cintura y efectuó un número indeterminado de disparos,( aproximadamente entre 5 a 8,) hacia la persona Churrarín, al tiempo que forcejeó con aquél junto con su acompañante.
Dos de estos disparos impactaron en la zona del abdomen y otro en el tórax superior, lado izquierdo. Este último, le produjo un shock hipovolémico que causó su muerte instantes después.
La defensa del imputado la ejerció Defensor Oficial Juan Pablo Laurence, la Fiscalía de Cámara el Dr. Carlos Alberto López y la querella fue ejercida por el Dr. Mario Altuna en representación de la familia de la víctima.
Luego de la lectura de la requisitoria fiscal por Secretaría, el Presidente del Tribunal preguntó al imputado si declararía o no, a lo que respondió en forma afirmativa. Díaz reconoció en forma directa la autoría del hecho que se le imputó. Manifestó «me declaro culpable». Consignó que en la fecha fue a comer un sandwich con amigos. Recordó que conoció a la víctima porque lo había golpeado a la salida de un boliche y le tenía «bronca». Manifestó haberse encontrado casualmente con él en la ocasión aludida, que estaba armado y efectuó en el ataque entre 2 0 3 disparos.
Atento la situación planteada se escuchó un sólo testimonio y con la conformidad de las partes se procedió a incorporar por lectura testimonios brindados en etapa de instrucción.
Al momento de formular los alegatos, la querella ejercida por Mario Altuna solicitó 20 años de prisión con accesorias legales y costas. Calificó el hecho como Homicidio Simple, Art. 79 del Código Penal , agravado por la utilización de arma de fuego. El querellante destacó la confesión del imputado, como así también otras pruebas, por ejemplo el reconocimiento en rueda de personas.
Por su parte el Fiscal de Cámara Carlos López detalló que «Díaz asume un temperamento sorpresivo al admitir su culpabilidad..» Corresponde entonces dijo, estructurar el pedido de pena. En este sentido recordó que el reconocimiento de la autoría quedó formalizado en la etapa de instrucción, en la declaración indagatoria realizada con las previsiones del Art. 22 de la Constitución Provincial. Además detalló otros elementos probatorios contundentes, entre ellos testimonios, reconocimiento en rueda de personas etc. Solicitó se lo condene a 18 años de prisión .
Finalmente la Defensa solicitó se le imponga a su pupilo el mínimo de la pena prevista para el Homicidio Simple , es decir 8 años de prisión. En este sentido destacó como atenuantes la corta edad del imputado, el estado de vulnerabilidad en el que ha vivido, la confesión efectuada y el pedido de perdón a la familia.
La lectura de la sentencia está prevista para el 13 de Agosto del año en curso a las 12,00 horas.