Sigue la polémica por cambio del nombre del PPR a PRO
Viedma (ADN).- La Procuración General del Poder Judicial sugirió al Superior Tribunal que rechace la presentación efectuada por la concejal viedmense Nora Jofre, vicepresidenta del PPR, quien apeló la sentencia del Tribunal Electoral Provincial, del 23 de julio, por la que no se hizo lugar al planteo de inhibitoria formulada respecto de las actuaciones tendientes a modificar el nombre de ese partido e integrarlo a una fuerza nacional.
En marzo pasado se realizó en Choele Choel la reunión prevista por el sector no oficialista del Partido Provincial Rionegrino, que rechazó la transformación en partido PRO y se resolvió “permanecer unido en las filas del histórico partido, mientras sea PPR, entendiendo que en pocos meses se deberá hacer un nuevo análisis de la situación partidaria”.
Por su parte, el dictamen de la Procuración, del 14 de este mes, detalló que Jofre planteó inhibitoria contra el Juzgado Federal de Viedma, donde tramitan las actuaciones “Partido Provincial Rionegrino sobre reconocimiento de personalidad jurídico política” expediente 16000123/1982/1, que tiene por objeto modificar el nombre e integrar su partido a una agrupación nacional.
Expuso que dicho trámite “violenta claramente las disposiciones de la carta orgánica, y la Ley 2431 que establece en los artículos. 46, 53, 62, 64 la competencia del TEP”.
Por su parte, el fiscal de Cámara contestó la vista conferida por el TEP, propiciando el rechazo del pedido de inhibitoria, con fundamento en las siguientes razones: 1) falta de legitimación en la requirente, porque entiende que la cuestión atañe a un proceso propio del partido, 2) porque la inhibitoria no resulta ser la vía procesal adecuada para modificar una resolución dictada por un órgano con competencia federal y 3) porque se encuentra vigente un plazo dentro del proceso federal para ejercer los derechos que la presentante entienda le corresponden.
El 23 de julio pasado, el Tribunal Electoral Provincial dictó sentencia interlocutoria Nº 33 mediante la que resolvió “no hacer lugar al planteo de inhibitoria formulado por Nora Nancy Jofre respecto de las actuaciones que tramitan por ante el Juzgado Federal de Viedma bajo la denominación “Partido Provincial Rionegrino sobre reconocimiento de personalidad jurídico política” bajo expediente Nº 16000123/1982/1”.
Jofre interpuso recurso de reposición, nulidad y apelación contra la decisión del 23 de julio, entendiendo que la resolución atacada “es nula por haberse omitido el traslado previo al dictado de la misma del dictamen fiscal, violándose la garantía de defensa en juicio y debido proceso”.
Explicó que en este caso el PPR desaparece y se fusiona con el Partido Nacional, y en tal proceso fue ajena no solo la jurisdicción provincial en la que debió tramitar sino también la totalidad de sus afiliados.
Por su parte, la procuradora general del Poder Judicial, Silvia Baquero Lazcano, entendió –entre otras consideraciones- que “el progreso de la vía recursiva se encuentra condicionado, toda vez que no se autoabastecen los motivos del recurso y los agravios no pasan de ser meras discrepancias, sin el debido desarrollo argumental que permita demostrar el hipotético yerro en que habría incurrido el TEP, resultando, por ende, ineficaces para lograr el cometido de revocación que impetra”.
Agregó: “Conforme los escasos elementos obrantes en la causa, incluida la acreditación de la personería que se invoca y por ende la legitimación, se aprecia que se trata de un proceso que tiene por objeto modificar el nombre del partido y su integración a un partido nacional, cuya competencia corresponde a la Justicia Federal, a tenor de lo prescripto por el artículo 6 de la Ley N° 23.298. Máxime cuando el presentante no ha aportado elementos que permitan vislumbrar lo contrario”. (ADN)