¿Violencia de género o situación aislada?: Él aceptó pagar $500; ella retomó la relación
Cipolletti (ADN).- La Justicia provincial confirmó la sentencia de la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti que denegó la suspensión del juicio a prueba solicitada en favor de un hombre que provocó lesiones graves a su ex pareja.
En ámbito judicial hubo contrapuestas opiniones: si fue violencia de género o una “situación aislada”. Y una defensora oficial interpretó que habría que darle el beneficio al acusado y ofreció reparar el perjuicio que se hubiera ocasionado en $500, pagaderos en dos cuotas iguales. Al final, la víctima confirmó que ha retomado la relación con el imputado y que viven juntos y que aceptó la suma ofrecida como pago de reparación económica.
Inicialmente, la defensa del imputado P.A.R. (su identidad no consta en el expediente judicial) afirmó que “se trata de una pelea aislada motivada e iniciada por los celos de la propia denunciante, en una relación que lleva cuatro años y se acaba de restablecer”.
Según consta en el expediente, se acusó a P.A.R. que el 3 de mayo de 2013, aproximadamente a las 2, cuando la denunciante A.E.G. fue por propia voluntad al domicilio del imputado (ex pareja), en Falucho al 700 de Cipolletti; una vez allí, comenzaron a discutir y luego la agredió físicamente, le dio una cachetada y después le pegó una piña en la cara, ella puso el brazo derecho para protegerse en la cara y él le pegó tan fuerte que le quebró la muñeca, provocándole lesiones”.
Como consecuencia del ataque, la denunciante A.G. sufrió fractura de muñeca derecha, de cubito derecho’.
Mientras el Ministerio Público Fiscal atribuyó la conducta como autor material y la encuadró en el delito de lesiones graves, la defensora solicitó la suspensión del juicio a prueba del imputado aduciendo que no se le escapa que el hecho, tal como fue imputado, aparecería como un típico caso de violencia de género, pero entiende que, por ser una situación aislada, debería aplicarse el beneficio presentado.
No obstante, el fiscal de Cámara dictaminó que “nos encontramos ante un caso de violencia contra una mujer, quien se encuentra amparada por la Declaración sobre la Erradicación de la Violencia contra la mujer, a lo que suma la política criminal fijada al respecto en la resolución 01/11 de la Procuración General, en la cual se instruye la abstención de consentir beneficios a favor de quienes hayan vulnerado los derechos y bienes jurídicos tutelados en la Convención de Belém do Pará”.
En un momento, la señora A.E.G. manifestó no tener inconvenientes en que se conceda el beneficio y que el monto económico ofrecido le parece irrisorio, porque la lesión que se le ha causado y de la cual sigue en tratamiento le ha generado innumerables inconvenientes económicos y laborales.
Agregó que fue la única vez que tuvo conflicto con el imputado luego de cuatro años de convivencia y que después de ello no tuvo mayor contacto con él. Después, P.A.R. (el acusado) expresó que ratifica la solicitud realizada por la defensora y aclaró que ha retomado la relación con la señora G., que han conversado respecto de esta causa y que está al tanto de que debía realizar un ofrecimiento económico, pero por el momento el monto de $500 es lo que puede ofrecer y abonar en dos cuotas.
Después, la señora G., se expresó en el sentido de que efectivamente ha retomado la relación con el imputado y que viven juntos y que acepta la suma ofrecida como pago de reparación económica.
Finalmente, los jueces cipoleños determinaron que el suceso imputado es un hecho de violencia contra la mujer y apuntaron a los fundamentos de derecho del dictamen fiscal y de la sentencia en crisis para negar la concesión de la suspensión del juicio a prueba en esta causa, que resultan incontrovertibles.(ADN)