Concluyó aprobación en primera vuelta del nuevo Código Procesal Penal
Viedma.- Legislatura concluyó ayer el tratamiento en primera vuelta del proyecto de reforma del Código Procesal Penal provincial. La norma fue votada en particular y resultaron aprobados los primeros cuatro libros por unanimidad y el quinto por mayoría. La iniciativa había tenido su primer debate el 10 de diciembre pasado cuando fue aprobado en general.
El debate se centralizó en los artículos referidos al juicio por jurados, en las previsiones presupuestarias para la implementación del sistema acusatorio, los roles que desempeñarán fiscales y jueces, la policía judicial y la duración del procedimiento, que además contempla los plazos para los delitos cometidos por funcionarios públicos.
Tania Lastra, en su carácter de presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, y de la Comisión Redactora, a las que asistieron en sucesivas reuniones varios profesionales especializados en materia penal, fue la responsable de abrir el debate en Cámara de la iniciativa legal que lleva la firma de la Comisión de Labor Parlamentaria.
La legisladora Lastra anticipó, antes de avanzar en los fundamentos del expediente, que con el deseo de alcanzar el voto unánime del proyecto, se incorporaron varias modificaciones consensuadas respecto de la iniciativa original, se consideraron diversos aportes remitidos desde diferentes sectores y se ampliaron los plazos de las fechas previstas inicialmente para su aplicación. El nuevo código entrará en vigencia en marzo del 2017 y el juicio por jurados, en enero del 2018.
Explicó que con esta reforma no se procura solamente pasar de un sistema inquisitivo a un sistema acusatorio, “con lo que se alcanzaría la satisfacción de algunos paradigmas constitucionales y vigentes en nuestro país y específicamente en nuestra provincia luego de 1988 (con la reforma de la Constitución provincial), pero ello no sería suficiente”.
Según Lastra, los lineamientos generales de esta reforma procuran avanzar en el sistema acusatorio que implica la investigación a cargo del ministerio Público Fiscal, “simplificando los trámites del proceso y suprimiendo los resabios inquisitivos que todavía están vigentes”.
En segundo término establece “roles claros de los diversos órganos que intervienen en el proceso penal. Además los jueces deberán limitar su intervención en lo estrictamente jurisdiccional”.
Luego avanzó en otros propósitos del nuevo Código, tales como “afianzar la vigencia del principio de imparcialidad con estricto cumplimiento de los pactos internacionales suscriptos por el país e incorporados a nuestra Constitución (nacional), una mayor eficacia en la persecución de los delitos y tutelar los derechos y garantías individuales”.
Lastra detalló luego en los restantes fines de la norma, entre ellos “una distribución equitativa de los asuntos, superando la sobrecarga (de la tarea judicial), el acortamiento de los plazos del proceso, una mayor capacidad de investigación de los delitos complejos de alto impacto social, una mayor participación de las víctimas” y “sobre todo, extender la oralidad a todas las instancias posibles del proceso con la participación del ciudadano en el juzgamiento del delito (juicios por jurados)”.