Ordenan entregar auto a mujer, procesada por un grave accidente
Cipolletti (ADN).- El Superior Tribunal de Justicia anuló la sentencia de una jueza de Cámara en lo Criminal de Cipolletti, en ejercicio de la función de magistrada de la Sala Correccional, y ordenó que se convierta en definitiva la entrega del vehículo de una mujer procesada por el delito de “lesiones graves culposas agravadas por la conducción imprudente de un automotor”. A la imputada no le querían entregar en forma definitiva el rodado, que protagonizó un accidente con una moto, hace poco más de dos años.
El 9 de octubre de 2013, una jueza de la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti no hizo lugar a la reposición planteada por la defensa de Patricia Núñez y mantuvo lo decidido. En esa oportunidad, se había dispuesto no hacer lugar a “la entrega definitiva solicitada, pudiendo resultar el vehículo sujeto a decomiso”.
Contra tal resolución, la defensora penal Verónica Rodríguez presentó recurso de casación a favor de su defendida, que fue inicialmente rechazado por extemporáneo y luego admitido, como consecuencia de la reposición presentada, por lo que fue elevado al Superior Tribunal, que lo declaró bien concedido.
La defensa argumento sobre la errónea interpretación que hizo la jueza cipolena respecto de lo previsto en el articulo 216 del Código Procesal Penal, por considerar que el vehículo secuestrado ya fue objeto de las periciales pertinentes e idóneas y “no resulta de interés su retención, lo que surgiría del dictamen fiscal y de la resolución recurrida, que ninguna referencia hacen a la real necesidad de retenerlo”.
Afirmó que el decomiso procede tanto contra las cosas que han servido para cometer el hecho como contra las que son el producto del delito y destacó que ello comprende a las cosas que utilizó dolosamente el autor para cometerlo, lo que no acontece en esta causa.
Señaló que la resolución atacada “es arbitraria, en tanto niega la posibilidad a su asistida de disponer libremente de su vehículo, por entender que, no habiéndose dictado sentencia que resuelva la situación procesal de Núñez, carece de la posibilidad de hacer uso y goce de su derecho de propiedad”.
Sobre este tema, el jeuz superior Enrique Mansilla describio que surge del expediente que, momentos después del accidente de tránsito que motivó el inicio de estas actuaciones, ocurrido el 15 de junio de 2012, el automóvil que conducía la imputada (Chevrolet Meriva GL dominio EII 664), al igual que la motocicleta de quien resultó víctima, quedó a disposición de la magistratura interviniente en calidad de secuestro y para los fines periciales .
Luego se realizaron diversos exámenes sobre el vehículo y se ordenó una prueba pericial accidentológica.
Mansilla, también, detalló en forma pormenorizada la larga serie de instancias en torno de esta causa y concluyó dándole la razón a la defensa de la imputada en cuanto a la entrega del vehículo a la imputada.
“Queda evidenciado así el desatino del Tribunal al estimar que el vehículo que conducía Patricia Nuñez podría “resultar sujeto a decomiso”, ya que, reitero, no se trata de un bien que sirvió intencionalmente para la comisión de algún delito”, remarcó el juez Mansilla. (ADN)