Juzgado de Villa Regina investigará presuntas irregularidades preelectorales
Villa Regina.- El Juzgado de Instrucción N° 20, de Villa Regina, será competente para entender en las actuaciones vinculadas con presuntas irregularidades en la entrega de certificados precarios -en época preelectoral- a vecinos de Valle Azul, localidad ubicada en jurisdicción de aquella ciudad del Alto Valle Este.
Del expediente judicial surge que la doctora María Teresa Giuffrida se expidió respecto a hechos presuntamente cometidos durante la gestión de Rolando Fuentes como comisionado de Valle Azul, habiendo otorgado en período preelectoral certificados precarios a vecinos de la localidad, autorizándolos a ocupar precariamente una parcela propiedad del Estado provincial.
La abogada se pronunció a favor de mantener la competencia del Juzgado de Instrucción Penal N° 20 de Villa Regina, señalando que no se discute en la causa que los hechos donde se habrían ejecutado los actos perjudiciales ocurrieron en Valle Azul, más allá de otras circunstancias, tales como el domicilio donde debían rendirse cuentas.
Sin perjuicio de ello, el juez a cargo del Juzgado de Instrucción Penal N° 20, Federico A. Dalsasso, pasó a discriminar ahora entre dos hechos imputados: Delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes a su cargo y otro, nominado como malversación de caudales públicos, peculado y fraude en perjuicio de la administración pública.
En este contexto, se inhibió de entender en estas actuaciones en relación al hecho “segundo”, considerando el lugar en que se habrían desembolsado unas sumas dinerarias en concepto de aportes no reintegrables para la Comisión de Fomento de la Comuna.
Por su parte, el fiscal viedmense Hernán Trejo compartió los fundamentos expuestos por Giuffrida y dictaminó que el juez de Viedma no debe aceptar la competencia, devolviendo las actuaciones al Tribunal remitente.
Siguiendo tal criterio, el juez viedmense Fabio Igoldi rechazó el planteo de incompetencia territorial y fundamentó su postura señalando que “estrictas razones de economía procesal y garantía del derecho de defensa del imputado indican que es el titular del Juzgado de Villa Regina quien debe continuar la investigación.
Agregó que tampoco puede escindirse la investigación del primer hecho de presunto abuso de autoridad, sobre el cual Dalsasso se avocó a investigar, ya que se refiere a conductas presuntamente ilícitas desarrolladas en una misma administración o gestión.
No compartiendo los fundamentos vertidos por Igoldi, Dalsasso remitió las actuaciones al Superior Tribunal a fin de dirimir la cuestión de competencia.
Por su parte, la procuradora general Silvia Baquero Lazcano dictaminó que se debe resolver el conflicto negativo de competencia territorial adjudicando la misma al Juzgado de Instrucción N° 20 de Villa Regina.-
Para llegar a tal decisión, señaló que la declaración inicial de incompetencia ha sido prematura y a la vez contraría elementales principios generales rectores del proceso, tales como la celeridad, economía procesal e inmediatez.
Finalmente, jueces del STJ coindidieron con lo expuesto en el dictamen en punto a las razones de inmediatez, economía procesal, la defensa del imputado y la dificultad de escindir en esta etapa del proceso los hechos investigados. (ADN)