AW rechazó reclamo de 13 profesionales por posible inequidad en antigüedad
Viedma (ADN).-El gobernador Alberto Weretilneck rechazó el reclamo por pago de antigüedad que efectuaron 13 profesionales de la administración pública rionegrina, quienes observaron inequidad en la valoración de los años laborables a partir de la sanción de la Ley N° 4541, que modificó, entre otras cosas, la categoría de ingreso al sector estatal provincial de profesionales con título de grado.
El reclamo fue formulado, según constató ADN, por siete ingenieros, tres licenciados y otros tantos especialistas en distintas materias.
Como primera consideración, Weretilneck señaló que “resulta limitante la fecha de inicio de aplicación de la Ley N° 4541 al personal escalafonado en la Ley L N° 1844 (administración central), el 1 de julio de 2010.
“Ello atento a que, conforme lo dispone el artículo 3° del Código Civil: “…A partir de su entrada en vigencia, las leyes se aplicarán aun a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes. No tienen efecto retroactivo, sean o no de orden público, salvo disposición en contrario…”.
“En este sentido es que la Ley L N° 1844 no prevé la aplicación retroactiva de la misma ni la modificación de situaciones consolidadas que se ajustan a la legislación vigente en el momento de constituirse, como por ejemplo la categoría de ingreso a planta permanente de un agente”, agregó el decreto gubernamental.
Según el texto oficial, la Secretaría de la Función Pública mantiene como criterio que al momento de producirse el ingreso de los solicitantes a la planta permanente de la administración pública provincial se encontraba vigente el artículo 25 de la Ley L N° 1844, que preveía el ingreso al agrupamiento profesional por las categorías 8, 9 y 10 según los planes de estudios fueran de dos a tres años, de tres a cinco años y de cinco o más años, respectivamente, por lo que la categoría de ingreso que se tuvo en cuenta en cada caso fue la que correspondía conforme el título detentado y las normas vigentes (Ley N° 3966 y Ley L N° 1844).