Toma de Ministerio: Podrían rechazar recurso de ATE ante orden judicial
Viedma (ADN).- El Superior Tribunal de Justicia podría rechazar –según lo sugirió la Procuración General- el recurso que presentó ATE contra la sentencia judicial que ordenó hacer lugar a una similar acción formulada por el ministro de Desarrollo Social, Ricardo Arroyo, para que se ordenara al gremio abandonar la sede del organismo, en noviembre del año pasado, por una toma sindical.
La procuradora general Silvia Baquero Lazcano sugirió además al STJ que, eventualmente, si ATE ya no mantiene interés en el recurso, tenga por desistido esa acción.
El inicial recurso fue formulado por el secretario adjunto de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), contra la sentencia dictada por el juez Guillermo Bustamante, que ordenó -el 7 de noviembre de 2014- hacer lugar al amparo interpuesto por Arroyo y otras autoridades del Ministerio.
Se instó a los directivos y agremiados de ATE y manifestantes en general, el abandono inmediato del interior de las instalaciones del Ministerio de Desarrollo Social, en atención a la ocupación, debiendo retirarse también carpas y otros elementos que de algún modo obstruyan y obstaculicen la libre circulación en el lugar.
Hizo extensiva la orden a todas las ocupaciones que esos manifestantes realicen de edificios donde se encuentren funcionando organismos gubernamentales.
Entre otras consideraciones, el juez de la Sala B de la Cámara en lo Criminal consignó que su resolución que “en nada cuestiona el derecho de todos los habitantes a peticionar a las autoridades. Que por otro lado, tanto el derecho a peticionar a las autoridades como el derecho de reunión pueden ejercerse por otros medios distintos a los elegidos por la asociación gremial: movilización, elección de otro lugar de reunión en otro sitio público, por ello resulta prudente delimitar el marco de acción, cuando, como en el caso, en ocasión del ejercicio de aquellos derechos se estaría impidiendo que el resto de los ciudadanos circulen libremente por calles de la ciudad, o que los comerciantes que poseen sus locales en las adyacencias del lugar de protesta vean perjudicada su actividad laboral, que otros ciudadanos usen y gocen de su derecho de propiedad cuando habitan en cercanías al sitio referido o que el resto de los trabajadores de un edificio en que funciona una sede del gobierno, desarrollen normalmente y en un ambiente apto su tarea, si es que así lo desean”.
Agregó que “la protesta en el interior de la repartición pública en que funciona un órgano gubernamental trae aparejado el peligro de que la documentación o los bienes del estado que allí se encuentran, corran el riesgo de ser alterados o destruidos con los perjuicios que ello acarrearía, ello en tanto han salido de modo impropio de la esfera de custodia de aquellos que se encuentran a su cargo”.
En función de ello, Bustamante se expidió favorablemente en torno a la petición del ministro y los funcionarios a su mando, estableciendo pautas para la protesta en análisis y para otras que se estén produciendo.
Al analizar la apelación intentada, Baquero Lazcano detalló las distintas ocupaciones de edificios públicos realizadas por el gremio ATE que dieron motivo a la presentación y fueron finalizadas en los días posteriores al dictado del fallo, en el trascurso de noviembre de 2014.
Aludió que la situación fue reflejada en distintos medios de comunicación regionales, como ADN y el diario Río Negro.
“Entiendo que ha sido cumplida la pretensión objeto del presente y ejecutada por parte de ATE la sentencia impugnada. De modo tal que los agravios introducidos han perdido actualidad y consiguientemente, sustento”.
Agregó la procuradora: “Sin perjuicio de cual y, de considerarlo necesario ese Superior Tribunal, debería requerirse al recurrente se manifieste si mantiene interés respecto del sostenimiento de la apelación incoada”. (ADN)