Bonificación impositiva a emprendimientos hoteleros por cumplimiento fiscal
Viedma.- Los legisladores radicales Bautista Mendioroz y Daniela Agostino propusieron modificar un artículo de la actual Ley Impositiva 5025, con el propósito de extender la bonificación del 40 por ciento por cumplimiento fiscal para inmuebles utilizados como hoteles o apart hoteles libres de deudas de todos los tributos provinciales.
Si prospera la iniciativa, el beneficio abarcará a los inmuebles destinados a prestar servicios alojativos en sus diferentes modalidades y categorías según la clasificación establecida por el Registro Único Provincial de Actividades Turísticas (RUPAT)en todo el territorio provincial.
Se busca establecer que al beneficio se podrá acceder siempre que se encuentren abonadas las obligaciones del impuesto inmobiliario de los períodos fiscales no prescriptos hasta la antepenúltima cuota anterior a la que se pretende bonificar al segundo vencimiento de la misma y el contribuyente que realiza la explotación se encuentre libre de deuda en el impuesto sobre los ingresos brutos al ejercicio fiscal inmediato anterior.
Mendioroz y Agostino mencionaron que con el propósito de promover las actividades turísticas y la inversión en el sector, en la Ley Impositiva vigente se incorporó un beneficio extraordinario para los propietarios de hoteles y/o alojamientos con fines turísticos con la condición de que se encuentren al día con el pago de todos los impuestos provinciales.
“Esta medida fue pensada para otorgar al turismo, en cuanto actividad estratégica para la provincia, un tratamiento de bonificaciones diferenciado, que se asemeje a los beneficios concedidos a otros sectores, igualmente estratégicos, como son las empresas radicadas en parques industriales de la provincia”, destacaron.
Refirieron que en el inciso 2º del artículo 48º de la Ley 5025 quedó establecido, a partir del 1º de enero de este año, una bonificación del 40 por ciento por cumplimiento fiscal, para los inmuebles que sean utilizados como hoteles o apart hoteles, siempre que sean explotados por sus titulares y se encuentren libres de deudas en todos los impuestos provinciales.
Los legisladores observaron: “Llama la atención el hecho de que a pesar de que si bien no se establece como requisito para los establecimientos hoteleros pertenecer al ejido de la ciudad de San Carlos de Bariloche, el beneficio instrumentado por el Poder Ejecutivo Provincial alcanza sólo a los servicios con sede en la ciudad lacustre, a modo de reconocimiento e incentivo a la labor diaria del sector, excluyéndose a todos aquellos que no se encuentran ubicados en la ciudad andina”.
Agregaron: “Si bien no caben dudas acerca del la importancia turística de esa ciudad como centro receptivo por excelencia, tampoco las hay respecto del esfuerzo y la contribución que hace el sector hotelero en otras ciudades de la provincia incluso menos favorecidas con el flujo de turistas, inversiones e infraestructura turística y de servicios en comparación con nuestro internacionalmente reconocido centro de esquí mundial”.
“Esta situación ha comenzado a ser advertida ya por algunas comunidades turísticas como la de El Bolsón, la cual en un reciente encuentro mantenido con autoridades provinciales de la cartera turística, ha solicitado igual tratamiento en materia de incentivos impositivos por parte de la provincia para los propietarios hoteleros y de alojamientos como el otorgado a los comerciantes de este rubro de la ciudad de San Carlos de Bariloche”.
Concluyeron: “Resulta incomprensible también que si bien el proyecto finalmente promulgado plantea un beneficio para propietarios de hoteles y/o alojamientos con fines turísticos, el mismo termine siendo accesible sólo a la categoría de hoteles y apart hoteles, negándose esa posibilidad al resto de los servicios alojativos de carácter turístico en sus diferentes categorías, ya sean cabañas,bungalows, bread & breakfast y casas de alquiler, respetando los constitucionalmente resguardados derechos de equidad e igualdad a que se hacía referencia en los enunciados parlamentarios.