Desestiman acciones de dos abogados y mutual de salud
Cipolletti (ADN).- El Superior Tribunal de Justicia rechazó los recursos que presentaron dos abogados apoderados de la Mutual Federada “25 de Junio”, Sociedad de Protección Recíproca, y confirmó la sentencia que ordenó a esa entidad suministrar una prótesis a una asociada. Una jueza cuestionó a ambos letrados y a la Mutual por “conducta maliciosa”, pero eso fue rechazado por los propios profesionales.
Las actuaciones llegaron al Superior Tribunal ante los recursos de apelación interpuestos por los abogados Horacio Norry y Fernando Detlefs, como apoderados de la Mutual Federada “25 de Junio”, Sociedad de Protección Recíproca, contra la sentencia dictada por la jueza Patricia Cladera .
La magistrada hizo lugar a la acción de amparo e intimó a la Mutual a arbitrar los medios pertinentes para proveer a una específica prótesis a una asociada.
Además, Cladera declaró la nulidad de lo actuado por la Mutual, consideró temeraria y maliciosa la conducta asumida por la denunciada y sus letrados y aplicó la multa en forma conjunta a la Mutual y sus letrados en $5.000.
A su vez, aplicó a los letrados una multa de $1.500 a cada uno de ellos, por “no haber cumplido la manda judicial de ratificar su gestión e impone las costas del presente amparo a los letrados actuantes, en forma conjunta y solidaria con Mutual Federada
25 de Junio SPR, dejando a salvo que dichos profesionales no han desarrollado una actividad procesal útil por lo que no se regulan sus honorarios”.
En su momento, la jueza Cladera consideró que “en las actuaciones se ha evidenciado una conducta procesal maliciosa y destacó que se han presentado como gestores procesales o supuestos apoderados sin acompañar el informe requerido por el Juzgado.
También entendió que las presentaciones de la obligada a brindar la prestación, “han sido meramente dilatorias del trámite procesal, demostrando el poco interés por la asistencia a la señora B. y el incumplimiento de las obligaciones legales”.