Establecen nuevas pautas para el funcionamiento de la Cámara Gesell
Viedma (ADN).- El Superior Tribunal de Justicia estableció nuevas pautas para el funcionamiento de la Cámara Gesell, a través de la acrodada 3/2105, emitida el 18 de febrero, pero oficialmente difundida hoy.
La disposición judicial del máximo organismo judicial rionegrino fija inicialmente que la entrevista a niños, niñas y adolescentes que declaren como víctimas o testigos en Cámara Gesell podrá ser reiterada para el supuesto de requerimiento de la parte, fundado en la necesidad de ampliar y/o aclarar las preguntas ya registradas, justificando su falta de formulación o ausencia de respuesta en aquella primera oportunidad; siempre que medie dictamen profesional que indique que el menor se encuentra en condiciones de declarar.
La solicitud tramitará por vía de incidente. La víctima que hubiera declarado en Cámara Gesell y luego adquiriera la mayoría de edad podrá ser convocada a declarar nuevamente en el debate, recobrando las partes su facultad de interrogar.
El imputado individualizado será notificado previamente de la realización del acto, al que podrá asistir junto a la defensa técnica, en los términos del artículo 185 del CPP.
Si el imputado fuere individualizado con posterioridad a la realización de la Cámara Gesell, su defensa podrá solicitar la realización de una nueva declaración a tenor del artículo 229 CPP siempre que fundare plausiblemente la necesidad de que se efectúen ampliaciones o preguntas que se vio imposibilitado de realizar con anterioridad – señalándolas- y se cuente con el dictamen previo señalado.
No resultará obligatorio disponer pericia psicológica posterior del niño, niña o adolescente que efectúe dictamen sobre la credibilidad de su relato. Para el supuesto de entenderse necesaria, la misma deberá respetar el protocolo establecido por la técnica de evaluación denominada Statement Validity Assesment (SVA).
En la acordada se hizo referencia al expediente SS-14-0200, caratulado “Superior Tribunal de Justicia sobre conclusiones plenario del Fuero Penal-resolución 552/ 14/STJ. se determinó la necesidad y pertinencia de reglamentar mejor prácticas para el desarrollo más ágil y eficiente del sistema de enjuiciamiento.