Debate judicial por convocatoria a elecciones en el PJ de Cipolletti
Cipolletti (ADN).- La Justicia provincial confirmaría -si acepta un reciente dictamen de la Procuración General- el fallo del Tribunal Electoral Provincial que rechazó la acción de amparo contra el Partido Justicialista de Río Negro por la convocatoria a elecciones internas en Cipolletti. Una de las partes señaló que el organismo comicial se equivocó al considerar que el PJ convocó en tiempo y forma la compulsa para definir cargos locales.
Según surge del expediente y los antecedentes de la causa, difundidos durante los últimos días de marzo, se presentó el ciudadano L. R. R. (su identidad no consta en el documento oficial al cual accedió ADN), invocando el carácter de afiliado al Partido Justicialista de Río Negro, con el patrocinio letrado del abogado viedmense Néstor Larroulet, formulando acción de amparo en los términos de los artículos 43 y 44 de la Constitución provincial ante el Tribunal Electoral.
Concretamente, el afiliado solicitó que se ordene a esa agrupación política que convoque a elecciones internas para elegir candidatos a ocupar cargos públicos electivos municipales para los comicios generales de Cipolletti, el próximo 3 de mayo.
Manifestó haber tomado conocimiento a través de los medios gráficos que los peronistas cipoleños no votarían en las internas del 1-3-2015 ni tendrán candidatos y expuso que, dada tal circunstancia, intimó por carta documento al Partido y que, ante el silencio del mismo, promovió la acción judicial.
Por su parte, el Tribunal Electoral solicitó el informe de rigor a la agrupación respectiva, el cual se cumplimentó. En dicha oportunidad el letrado del Partido Justicialista solicitó el rechazo de plano de la acción, acompañando documental y señalando básicamente los motivos por los cuales entiende que el partido que representa dio garantías a todos los afiliados de Cipolletti para ser candidatos.
Sostuvo el Tribunal que, del cotejo de la información brindada por el Partido Justicialista, se advirtió que la referida agrupación política convocó a elecciones internas para la nominación de candidatos a cubrir cargos electivos municipales de la ciudad de Cipolletti, realizó la debida publicación, hizo saber que tal convocatoria se efectuaba en los términos de la carta orgánica Partidaria y estableció, en forma previa, un cronograma que detallaba el modo en que debían confeccionarse las listas de los afiliados que pretendieran presentarse a compulsar en dichos comicios.
El Tribunal agregó que del contexto detallado “resulta manifiesto que a la fecha de interposición del amparo (20-2-2015) no concurrían las alegadas circunstancias de compromiso a los derechos constitucionales del amparista que tornen admisible -tanto de modo formal como sustancial- la acción de amparo en los términos del artículo 43 de la Constitución provincial, reiterando que hubo una formal convocatoria a las aludidas elecciones internas a desarrollarse el día 1-3-2015, la que no fue impugnada”.
Concluyó el Tribunal señalando que “siempre que la convocatoria efectuada con la pertinente publicidad no fue objeto de cuestionamiento oportuno, habiendo acontecido con anterioridad a la presentación misma del amparo, el peticionante no ha logrado demostrar los presupuestos fácticos que justifican la vía excepcional incoada”.
La parte que apeló indicó que el Tribunal Electoral Provincial se equivocó al considerar que el Partido Justicialista convocó en tiempo y forma a elecciones internas. Respecto de ello, entendió que no podía llevarse adelante el proceso, porque se carecía de Junta Electoral (la anterior tendría los mandatos vencidos) y no había modificado su carta orgánica conforme lo mandaba la Ley 4988 (PASO Provincial), ya que las elecciones partidarias debían ser abiertas.
Criticó el recurrente que el TEP haya señalado que quien accionó no ha impugnado el proceso electoral y sustentó que se han acreditado las manifestaciones de las autoridades partidarias respecto a que en la ciudad de Cipolletti no habrá internas, siendo el Congreso el que instituirá los candidatos.
Al análisis de la presentación efectuada, la procuradora general Silvia Baquero Lazcano sintetizó que “he de adelantar que compartiré la solución a la que ha arribado el Tribunal del amparo, propiciando el rechazo del recurso de apelación intentado”. (ADN)