Gobierno reformó decreto para beneficiar a indígenas
Jacobacci.- El Gobierno rionegrino modificó un decreto emitido hace 32 años para lograr “el efectivo acceso al derecho del título marcas y señales de los pobladores indígenas dispersos”. Hasta ahora solo estaban previstos los casos de agrupamientos indígenas.
La reforma gubernamental apuntó al decreto 1888/83 que reglamentó la Ley E 1645, que establece lo relativo a la identificación colectiva del ganado mayor y menor, como así también las competencias y requisitos para la concesión de los boletos de marcas y señales en la provincia de Río Negro.
“Si bien para la obtención del título de marcas y/o señales, en el artículo 13 del decreto reglamentario se ha previsto el caso de agrupamientos indígenas, no se encuentra previsto el caso del poblador indígena disperso, reconocido por la Ley D N° 2287”, consignó el decreto.
Agregó: “Se impone entonces, revisar lo actuado, y promover las reformas necesarias para lograr el efectivo acceso al derecho del título marcas y/o señales de los pobladores indígenas dispersos”.