Agostino pide reglamentación del Observatorio de la Violencia con las Mujeres
Viedma.- La legisladora Daniela Agostino declaró que «en la provincia de Río Negro es manifiesto el fenómeno de falta de concordancia entre el trabajo legislativo y la aplicación de las normas sancionadas, por parte del poder Ejecutivo».
Agostino, una de las autoras de la Ley nº 4845 que crea el Observatorio de la Violencia contra las Mujeres en el ámbito del Consejo Provincial de la Mujer, pregunta sobre el destino que ha tenido el proceso de reglamentación de esa norma. Destacó que «la institucionalización formal de mecanismos de registro y de prevención bajo la forma de Observatorio constituye un avance en la igualdad de derechos de las mujeres de la provincia y ni hablar de su puesta en marcha».
La ley fue sancionada el mes de mayo del año 2013, casi dos años atrás. Se promulgó en el mismo año un mes despúes donde también entró en vigencia. Nada se sabe aún de su reglamentación para la validación final de lo expuesto en ella.
Sostiene la legisladora Agostino que «Hoy está en la agenda de todos los medios de comunicación nacionales y regionales un caso de femicidio que sacude por su impronta violenta una vez más a la sociedad. Se destaca el trabajo en distintos ámbitos del estado, Ongs, etc, realizado en función de la obtención de datos, registro , análisis y propuestas para atacar esta problemática que se expone por sí misma día a día».
La Ley Nº 4845 crea el Observatorio de la Violencia contra las Mujeres en el ámbito del Consejo Provincial de la Mujer, que tiene por objeto la recolección, monitoreo, producción, registro y sistematización de datos e información sobre la violencia contra las mujeres. Es misión brindar a quien lo solicite y en forma permanente, información con carácter de insumos para el diseño, implementación y gestión de políticas públicas tendientes a la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres.
Algunas de las funciones del Observatorio de la Violencia contra las Mujeres son recolectar, procesar, registrar, analizar, publicar y difundir información periódica y sistemática y comparable sobre violencia contra las mujeres, y en especial documentar los casos de femicidios; impulsar el desarrollo de estudios e investigaciones sobre la evolución, prevalencia, tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, sus consecuencias y efectos, identificando aquellos factores sociales, culturales, económicos y políticos de riesgo o asociados a la ocurrencia o prevalencia de la violencia hacia las mujeres.
«Las leyes existen a nivel nacional y provincial. Sólo hace falta voluntad política de quienes nos gobiernan para ejecutarlas. Hay mujeres que lo demandan, que les va la vida en ello» sentenció Agostino e invitó al Ejecutivo provincial a mostrar sensiblidad como lo ha hecho toda la sociedad en esta temática, reglamentando la Ley Nº 4845.