Debate judicial por sobreseimiento de presunto incendiario
Bariloche.- Un juez de Bariloche sobreseyó a un sujeto que habría incendiado una casa y dejó en ese lugar a un chico. Pero, una defensora de Menores e Incapaces presentó recurso de casación contra la resolución de la Cámara Primera en lo Criminal, que rechazó esa acción y confirmó el sobreseimiento.
Ante eso, la abogada Natalia de Rosa entendió que la sentencia incurre en arbitrariedad por falta de fundamentación y aplicó erróneamente la ley vigente. Se preguntó “si llevar a un niño a incendiar una vivienda, darle un bidón de nafta a esos efectos, iniciar el incendio, retirarse del lugar dejando al pequeño al solo cuidado de otro niño, no es acaso una conducta imprudente o negligente?”.
Por su parte, la defensora general de la provincia compartió los fundamentos de la funcionaria de Menores y agregó que la preservación del niño víctima de delito se encuentra legitimada para recurrir una sentencia que atenta contra su interés superior.
Por este caso, Eduardo Benjamín Fernández, fiscal de grado, propició el sobreseimiento de C. S. porque “la misma víctima declaró haber participado activamente en el hecho, que tanto el imputado como la víctima se encontraban uno al lado del otro cuando se inició el fuego y que la víctima sufrió las quemaduras por haber tropezado cuando corría a la puerta de salida de la vivienda”
Por su parte, el fiscal de Cámara Carlos Alberto López manifestó que corresponde confirmar la sentencia de sobreseimiento, sosteniendo los argumentos del fiscal de grado.
López expresó que, con respecto al delito de incendio intencional, se ha iniciado un proceso penal contra el imputado S., por lo que en esta causa se investigan las lesiones graves que sufrió M. y que a partir de la declaración del menor en cámara Gesell “queda claro que las quemaduras sufridas fueron provocadas cuando junto al imputado prendieron fuego la casa”.
Concluyó el fiscal de Cámara que la conducta del imputado S. deberá agravarse por la participación de un menor en la causa que se sigue por incendio, pero no se le puede atribuir al mismo las lesiones sufridas por M. al intentar escapar del lugar donde habían concurrido a producir un ilícito.