Anulan sentencia que ordenó la provisión de agua a pobladores de Mallín Ahogado
Bariloche (ADN).- La Justicia provincial hizo lugar al recurso que presentaron dos apoderados de la Fiscalía de Estado de Río Negro y revocó la sentencia dictada por un juez de Bariloche que ordenó al Departamento Provincial de Aguas a brindar a un grupo de pobladores de Mallín Ahogado el acceso a agua para fines domésticos y agrícolas.
Las actuaciones llegaron al Superior Tribunal de Justicvia en virtud del recurso de apelación interpuesto por Roberto Stella y Juan Garciarena, apoderados de la Fiscalía de Estado, contra la sentencia dictada por el juez Cristian Tau Anzoátegui, titular del Juzgado Civil y Comercial N° 5 de Bariloche.
Ese magistrado hizo lugar a la acción de amparo ordenando al Departamento Provincial de Aguas y Aguas Rionegrinas SA a brindar “una solución a la problemática planteada por los amparistas y que garantice el acceso al agua apta para el uso personal, doméstico y fines agrícolas, dentro del plazo de 10 días”.
Al analizar el caso, uno de los jueces del STJ indicó que “es sabido es que para que el amparo se configure como remedio procesal debe dirigirse contra un acto notoriamente ilegal y lesivo de un derecho o garantía constitucional, donde la ilegalidad debe resultar concreta y claramente visualizable, pero ello no ocurre en esta causa”.
Según un informe del Departamento Provincial de Aguas, la zona de Mallín Ahogado, si bien se ubica en el área de expansión de la concesión otorgada a Aguas Rionegrinas SA, acorde al contrato de concesión del servicio público de agua potable y desagües cloacales en la provincia de Río Negro, “dadas sus características de asentamiento rural no cuenta con el servicio de agua potable”.
Del informe surge que además el agua del canal de riego no es apta para el consumo humano, por su condición de agua cruda sin tratamiento de potabilización.