STJ confirmó amparo que ordenó a obra social dar tratamiento de fertilidad asistida
Viedma.- El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso presentado por Gustavo Bronzetti Nuñez, apoderado de la Obra Social de Empleados de Entidades Deportivas y Civiles (OSPEDYC) y confirmó la sentencia dictada por la jueza María Laura Dumpé, titular del Juzgado de Familia Nro 7 de Viedma, que hizo lugar a la acción de amparo condenando a la entidad brindar a una pareja cobertura integral del tratamiento de fertilidad asistida de alta complejidad técnica.
Una de las integrantes del STJ sustentó que la jueza Dumpé, para fundar su decisión, se ha basado en las garantías constitucionales y supranacionales, la doctrina y antecedentes jurisprudenciales que han reconocido el derecho a acceder a los tratamientos de fertilidad asistida y la obligación de las obras sociales de dar tal prestación a sus afiliados.
Consideró también que la jueza viedmense tuvo en consideración las particulares circunstancias del caso y la patología acreditada con el informe médico”.