Designan juezas de electores en Guardia Mitre y Beltrán
Guardia Mitre.- El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro designó a las juezas Rosana Calvetti y Natalia Costanzo magistradas de amparo de electores para los comicios municipales convocados el 27 de septiembre en Guardia Mitre y 4 de octubre en Luis Beltrán.
Calvetti es titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº 3 de la Iº Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de Viedma.
Por su parte, Costanzo es jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Minería, de Familia y Sucesiones Nº 31 de la II º Circunscripción Judicial con asiento de funciones en la ciudad de Choele Choel.
La Ley Provincial O 2431 establece que corresponde la acción de amparo del elector en los siguientes casos:
Artículo 12 -Amparo del Elector: El elector que se considere afectado en sus inmunidades, libertad o seguridad o privado del ejercicio del sufragio podrá solicitar amparo por sí o por intermedio de cualquier persona en su nombre, por escrito o verbalmente, denunciando el hecho al Tribunal Electoral o al magistrado judicial o Juez de Paz más próximo, quienes estarán obligados a adoptar urgentemente las medidas conducentes para hacer cesar el impedimento, si fuese ilegal o arbitrario. Para ejercer la acción prevista en el párrafo anterior el ciudadano deberá estar incluido en el padrón electoral.
Artículo 13 -Retención Indebida de Documento Cívico: El elector también puede pedir amparo al Tribunal Electoral para que le sea entregado su documento cívico retenido indebidamente por un tercero.
En relación al procedimiento determina que:
Artículo 224 -Sustanciación: Al efecto de sustanciar las acciones de amparo a que se refieren los artículos 12 y 13 de esta Ley, los funcionarios y magistrados mencionados en los mismos resolverán inmediatamente en forma verbal. Sus decisiones se cumplirán sin más trámite por intermedio de la fuerza pública, si fuese necesario y en su caso serán comunicadas de inmediato al Tribunal Electoral.