Exponen ante Justicia queja por actuaciones relativas a desprotección

Viedma (ADN).- En un expediente judicial, emitido el miércoles pasado, quedó expuesta la queja de una mujer por la presunta desprotección de una menor involucrada en el presunto consumo de sustancias psicoactivas y el aparente desinterés de dar una rápida respuesta oficial al caso planteado.

Una mujer se presentó con el patrocino de la titular de la Defensoría de Pobres y Ausentes N° 5 de Viedma para lograr la apertura de un recurso de casación en el caso.

En el documento, la mujer planteó “una práctica judicial y administrativa ilegal, agraviante y violatoria de derechos esenciales de la persona, suscitada en los procesos de medidas de protección que tienen como fin ordenar la internación involuntaria por consumo de sustancias psicoactivas de una menor de edad”.

Consideró que la jueza actuante debió aplicar la Ley N* 26.657, de Salud Mental, y denunció que “la medida proteccional adoptada careció de fundamento técnico interdisciplinario y jurídico, convirtiéndola en arbitraria, ilegal y dictada en exceso de sus funciones”.

Resaltó que la institución terapéutica “El Candil” no confeccionó los informes técnicos, a pesar de haber sido ello requerido en la sentencia que ordenó la internación, “los que además debieron ser confeccionados con anterioridad a la orden de internación”.

En relación a la defensora de Menores actuante, manifestó que debió controlar el proceso y exigir informes periódicos de reevaluación pero, en contraposición a ello, intervino activamente para que la internación fuera prorrogada “sin ningún fundamento técnico sino sólo la proximidad del vencimiento, apartándose de manera grave de la normativa legal vigente”.

En cuanto al lugar de derivación, entendió que el alojamiento a más de 1.000 kilómetros de su familia es contrario a las normas vigentes.

Por último, se agravió al considerar que las resoluciones judiciales y los dictámenes de la defensora de Menores “no determinaron ni respetaron el interés superior de la internada, ni su derecho a ser oída” y concluyó su presentación estimando que, en virtud de todo lo expuesto, “ha sido ilegítima la injerencia del Estado en su intimidad y su ámbito familiar”.