House Vial: Vuelven a condenar a Iturburu por otras seis estafas
Los jueces de la Cámara Criminal Tercera de Roca homologaron el acuerdo de juicio abreviado al que habían arribado el imputado Carlos Iturburu; su Defensora Pública, Flavia Rojas, y el Fiscal de Cámara, Andrés Nelli, y condenaron al primero a la pena de seis meses de prisión y pago de costas al declararlo “autor de los delitos de estafas reiteradas -seis hechos-”.
La sentencia, dictada este mediodía, unificó la nueva pena con la que había dictado en diciembre de 2013 la Cámara Criminal Segunda, lo que arrojó una condena global de 9 años y 5 meses de prisión, accesorias legales y costas y multa de 80.000 pesos.
El fallo fue dictado por los jueces Verónica Rodríguez, Fernando Sánchez Freytes y Laura Pérez por los hechos que, según la requisitoria fiscal de elevación a juicio, ocurrieron en Roca “a partir de diciembre del año 2010, en las oficinas de la Cooperativa House Vial sita en Italia y Tucumán, primer piso, en circunstancias que Iturburu, como presidente de la Cooperativa, induciendo a error a los damnificados, con la promesa de la construcción de un Plan de Viviendas Privado en esta ciudad que se entregaría estimativamente en un plazo máximo de dos años, suscribió diversos contratos de cesión de derechos sobre un lote de terreno individualizado en forma genérica”.
Según la imputación, contó con la colaboración de Walter Martínez y Martín Lillo (también imputados en la causa pero sin formar parte del presente juicio), quienes habrían asesorado y mostrado a los damnificados el lugar donde se construirían las viviendas, habrían visitado clientes en su casa y habrían cobrado cuotas y confeccionado y firmado documentación.
De acuerdo con la imputación, los damnificados pagaron por sus terreno entre 15.000 y 50.000 pesos y fueron “engañados” por Iturburu con la promesa de “construir una vivienda a través de un proyecto aprobado por el gobierno nacional, provincial y/o municipal”. Sin embargo “hasta la fecha y pese al tiempo transcurrido” no se ha iniciado “ningún trabajo para la construcción de las casas, con el consiguiente perjuicio patrimonial”.
En la audiencia pública del 14 de marzo el imputado, su defensora y el fiscal de Cámara “ratificaron en un todo el acuerdo presentado al Tribunal (…), mediante el cual este último propuso condenar al justiciable en orden a los delitos de estafas reiteradas a la pena de seis meses de prisión” e imponer una pena única de 9 años y 5 meses de prisión.
La presidenta de la Cámara Tercera, Dra. Rodríguez, consignó en su voto rector que el acuerdo presentado por las partes “encuentra respaldo probatorio” en el expediente, lo que acredita, “con el grado de certeza que requiere esta instancia procesal, ambos extremos de la imputación delictiva, esto es, la existencia de los hechos y la intervención del justiciable en los mismos”.
Al momento de graduar la pena a imponer a Iturburu, se tuvo en cuenta “su edad, su grado de instrucción, sus informes de abono, sus condiciones de vida, su antecedente penal computable, su confesión de autoría y culpabilidad en estos episodios, y demás pautas dosificadoras previstas en los arts. 40 y 41 del CP”.