Vecinos insistirán para obtener certificado final de un proyecto de urbanización
(ADN).- Vecinos de Cipolletti solicitaron a la Justicia que dicte una medida cautelar de no innovar en la causa que se inició con la demanda al Departamento Provincial de Aguas para obtener el otorgamiento del certificado definitivo de final de obra del proyecto de urbanización “Los Plátanos”.
También procuraron que el mismo organismo estatal ordene al consorcio de regantes de la ciudad de Cipolletti expedir el certificado.
Pero, el 8 de este mes la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Cipolletti declaró no habilitada la instancia contencioso-administrativa en la causa.
Por su parte, los vecinos requirieron que se dicte una medida cautelar que les permita provisoriamente obtener la aprobación del proyecto de urbanización por parte de la Municipalidad de Cipolletti para proceder a su comercialización sin restricciones y, a su vez, evitar las sanciones que va a impartirles el ente municipal por transcurrir el plazo otorgado para la finalización del loteo sin haberlo efectuado.
Expresaron que “el consorcio de regantes de Cipolletti y el Departamento Provincial de Aguas, a través de su silencio, el que importa negativa al reclamo, les exigen el cementado del Canal Terciario 6-II, en forma arbitraria e ilegal.”.
Indicaron que al revestimiento sólo es posible efectuarlo en período de corte del suministro de riego comprendido entre mayo y agosto (según informe del DPA del 17 de junio de 2015) lo que implicaría “tener que esperar hasta el mes de mayo próximo para poder cumplir la tarea que arbitrariamente les imponen el Consorcio y el DPA”.
Consideraron que “realizado el cementado, resultaría ineficaz una sentencia que acogiera el reclamo principal de esta causa, frente a la imposibilidad de retrotraer las cosas a su estado anterior, provocándoles de ese modo daños innecesarios. Por eso, solicitaron el dictado de una medida cautelar que les permita continuar con el proyecto de urbanización hasta su finalización y comercialización y, en su caso, asegurar al Departamento Provincial de Aguas que si su posición es correcta y tiene acogimiento jurisdiccional, realizarán el cementado del referido Canal Terciario 6-II, en tiempo y forma, dentro del período de corte de riego de la zona Alto Valle, próximo e inmediato”.