Están vigentes las medidas del sistema de testigos protegidos en Río Negro
El sistema de testigos protegidos en la provincia de Río Negro, vigente a través de la Ley 5101, difundida ayer oficialmente, dispone al menos seis medidas para cumplimentar la protección de personas y también establece un fondo permanente por 500.000 pesos para ejecutar las disposiciones en resguardo de testigos.
Según la norma, aprobada por la Legislatura, podrán disponerse como medidas de protección la custodia policial permanente, la que deberá estar en domicilio fijo determinado y puede ser dispuesta con uniforme o de civil.
Además, el alojamiento temporario en lugares reservados, cambio de domicilio, suministro de medios económicos, asistencia para la gestión de trámites y para la reinserción laboral.
No obstante, el juez interviniente podrá disponer cualquier otra medida que estime necesaria para el caso en concreto. A su vez, podrá requerir la colaboración de los Ministerios de Seguridad y Justicia o de Desarrollo Social para la ejecución de las medidas que no pueda ejecutar por sí mismo, las que deberá fundar debidamente.
El régimen de testigos protegidos tiene como finalidad la protección de personas que pudieran aportar o aporten información o pruebas en hechos delictivos que por su gravedad o o complejidad en la organización o comisión que causen conmoción a la comunidad o a sus instituciones, pudiendo incluirse en el régimen las víctimas del proceso.