Quieren acortar el plazo de respuesta de los oficios judiciales
El legislador del Frente Progresista, Jorge Ocampos, presentó un proyecto de ley que pretende bajar de 20 a 5 días hábiles el plazo para dar contestación a los oficios judiciales por parte de los organismos oficiales y privados.
Para ello es necesaria una reforma al Código Procesal, Civil y Comercial de Río Negro, en su articulado respecto a los requisitos para dar respuesta.
Ocampos detalló que el Código actual establece la facultad del juez para aplicar sanciones ante los atrasos injustificados a las respuestas de dichas requisitorias judiciales y señaló “ante diversos reclamos y luego de realizar consultas a las partes vemos que el plazo otorgado para dar respuesta a los oficios, resulta excesivo, máxime cuando en la práctica, y en la mayoría de los casos los oficios no son respondidos, lo que obliga a la parte interesada a solicitar su reiteración”.
El presidente de la bancada expresó “estas demoras generan atrasos en las causas judiciales” y agregó que existen casos con mas de 60 días hábiles de demora, a lo que calificó como “una situación inaceptable para la época donde los avances tecnológicos actuales permiten una inmediatez en la información”.
Detalló que muchas veces es librado el oficio y se inicia la etapa de espera del plazo otorgado para su respuesta, ante la falta de contestación se realiza un nuevo pedido y libramiento de otro oficio reiteratorio, y en muchas ocasiones, hasta un tercer oficio, en el que recién el juez intima bajo apercibimiento, y así se llega a generar atrasos de más de 60 días hábiles en las causas.
La reforma que proponen los legisladores Ocampos y Daniela Agostino establece la necesidad de imponer al juez la obligación de aplicar sanciones, reemplazando en la redacción del actual Código el término “podrá” por “deberá” establecer sanciones, y determinar que el apercibimiento de aplicación de las mismas sea en la primera instancia del pedido de respuesta fijándolo en cinco días hábiles. La reforma establece también que el juez deberá aplicar sanciones progresivas en los atrasos injustificados en las contestaciones de informes.