Autorizarán a Weretilneck a donar inmueble al municipio de Allen, para oficinas
La Legislatura de Río Negro autorizará por ley al Gobierno provincial a transferir, en carácter de donación a la Municipalidad de Allen, un inmueble del Estado rionegrino para la instalación de las dependencias que integran la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del municipio local.
La futura autorización fue propuesta a través de un proyecto del gobernador Alberto Weretilneck enviado ayer a la Legislatura para su aprobación.
Fundamentó que mediante el artículo 1º del decreto Nº 1615/11, rectificado por decreto Nº 1222/13, la provincia de Rio Negro aceptó la transferencia a su favor de inmuebles que eran propiedad del Fondo Fiduciario de Rescate y Pago de los Certificados de Deuda Rionegrina Rio I para concluir con la liquidación de ese Fondo, que incluyó cinco inmuebles ubicados en la ciudad de Viedma y uno en Allen.
En ese contexto, se determinó el uso de los inmuebles situados en Viedma, que quedarían afectados a favor de la Fiscalía de Estado, a la Comisión de Transacciones Judiciales y a la Contaduría General, con destino a la construcción de edificios propios para cada repartición.
“En aquel momento nada se dijo de la afectación del inmueble NC 04-1-B-053-02 ubicado en la ciudad de Allen”.
De acuerdo al informe expedido por la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia, no se ha registrado la transferencia de dominio, continuando el inmueble en propiedad de Río Negro Fiduciaria SA en su carácter de fiduciario del Fondo Fiduciario.
El inmueble ha sido otorgado en comodato a la Municipalidad de Allen, según contrato del 14 de agosto de 2014 firmado entre el Municipio y Rio Negro Fiduciaria SA, cuya vigencia opera hasta el 13-08-2016.
Mediante nota del 26 de noviembre de 2014 la intendente Sabina Costa solicitó la cesión definitiva del inmueble a fin de llevar a cabo refacciones para “un mejor y más seguro funcionamiento de las actividades desarrolladas en el ámbito municipal”.
Weretilneck concluyó que de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 3.682, resulta procedente la transferencia en carácter de donación del inmueble reseñado, atento los intereses públicos en juego, siendo no obstante necesario la autorización legislativa especial y el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de dicha autorización”.