La Justicia consideró los despidos en el Estado como «un acto infrahumano»
Un fallo de la Justicia dispuso que no se puede vulnerar el derecho al trabajo, y que hacerlo “es un acto infrahumano”. Además, considera la precarización laboral como un fraude contractual. La medida fue tomada por una cautelar presentada por el sindicato ATE Capital.
A raíz de los despidos masivo en el Estado, desde el Consejo Directivo de la Asociación de Trabajadores del Estado de la Capital Federal (ATE Capital) presentaron una medida cautelar con el objetivo retrotraer la cesantía de una trabajadora de la Superintendencia de Seguros de la Nación. En respuesta a ese reclamo, el Juez Julio Armando Grisolia, falló a favor del gremio y ordenó la inmediata reincorporación de Johana Lezcano, quien trabajaba en ese organismo desde hacía dos años.
El magistrado de primera instancia argumentó que “el derecho a trabajar es una de las bases sobre las que se asienta jurídicamente una sociedad democrática y que el derecho al trabajo no se agota en la libertad formal de trabajar, sino también en su realización efectiva a un puesto de trabajo”. Así, la sentencia expedida el pasado lunes 6 de junio, tiene un carácter sin precedentes y representa una jurisprudencia para futuro reclamos de este tipo.
En el mismo sentido, para Grisolia, los precarios modos de contratación en el Estado y todos aquellos que no correspondan a la planta permanente son una modalidad fraudulenta. Es por ello que en su expedición alegó que la trabajadora de la Superintendencia de Seguros es una “víctima del fraude laboral, ya que ingresó bajo un contrato de asistencia técnica”.
Es la primera resolución judicial con respecto al decreto 254/15 firmado por el presidente Mauricio Macri, el cual establece la revisión de todos los contratos de los trabajadores del ámbito público. En base a esto, desde ATE Capital explicaron que el fallo brinda la posibilidad de abrir una mesa de negociación por los más de 11 mil despidos que se registran en la planta del ámbito público nacional.
Si bien existen antecedentes de relevos retrotraídos, tal como los del Senado y de la AFSCA, el veredicto es inédito puesto que no se basa en los argumentos de persecución ideológica y despidos injustificados, sino que determina como prioridad el derecho universal del trabajo.
De este modo, la resolución de Grisolia ratifica la necesidad de que exista una estabilidad laboral para el trabajador, basándose en el art. 14 bis de la Constitución Nacional. Tras dicho fundamento el juez dictaminó: “este ser humano no puede ser víctima ni botín de guerra de nadie, por lo que se impone el cese de la conducta infrahumana y abusiva”.
Por su parte, Daniel Catalano, Secretario General de ATE Capital explicó que “este fallo de la Justicia posee una particular importancia porque ratifica todos los argumentos que desde nuestro gremio venimos sosteniendo desde el primer momento”, y le reprochó al gobierno nacional gobernar a través de una “política de desconocimiento de los derechos básico de cada ciudadano y un absoluto desinterés por la persona humana”.
“Vamos a seguir trabajando en el proyecto de ley de regularización del empleo público y continuar con las denuncias al gobierno, tal como la que presentamos ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) con el respaldo de las dos CTA”, advirtió Catalano. Luego agregó que “este fallo nos da un respaldo jurídico para luchar contra las prácticas desleales de ajuste, precarización y despidos masivos con las que los funcionarios de Cambiemos están operando”.