Justicia Federal suspendió el ingreso de carne de cerdo desde el norte de la barrera
El Juzgado Federal de Viedma, suspendió preventivamente el ingreso de carne fresca de cerdo doméstico sin hueso (enfriada y congelada) y embutidos frescos a la región, por entender que se pone en serio riesgo el status sanitario de la Provincia, y de esta manera dio curso al pedido formulado por el gobierno rionegrino.
La decisión deja sin efecto la resolución N° 626/2016, de noviembre pasado, del SENASA que permitió el ingreso desde la zona norte a la Zona libre de Aftosa sin Vacunación ubicada en la región patagónica, integrando Río Negro la Región Patagonia Norte B, de acuerdo a una presentación de la Fiscalía de Estado de Río Negro.
En la medida la jueza Mirta Susana Filipuzzi, titular del Juzgado Federal de Viedma, argumenta que la admisión de este producto a la zona, pone en serio riesgo el actual status sanitario de la Provincia -libre de Aftosa sin Vacunación.
La fiebre aftosa es una enfermedad vírica grave del rebaño, sumamente contagiosa y de repercusiones económicas considerables que afecta a los bovinos, porcinos, caprinos y otros rumiantes biungulados. Esta enfermedad se encuentra inscripta en la lista del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).
Esa misma organización estableció un listado oficial de países y zonas reconocidos libres con o sin vacunación previéndose además que las zonas a las que no se le aplica la vacunación deben ser protegidas por medidas de bioseguridad para impedir la entrada del virus en la zona libre.
A partir de la implementación del plan de Erradicación de la Fiebre Aftosa se logró acreditar a la región patagónica como zona libre de aftosa sin vacunación, lo que le dio un estatus sanitario internacional de primer nivel, asegurando para sí excelentes mercados internacionales.
Argumentó Filipuzzi que “el caso planteado por la Provincia de Río Negro debe ser analizado bajo el prisma de la salubridad pública y la sanidad animal, considerando que la resolución de SENASA aparece como insuficiente a los fines del resguardo de los altos intereses públicos en juego -salubridad pública, sanidad animal y status sanitario de la región-, en tanto solo exige dos recaudos a la carne ingresada desde la zona con vacunación, a saber: que los animales de los cuales provenga la carne sean nacidos y criados en zonas libres con vacunación y que hayan sido faenados en mataderos habilitados por el ente, mientras que la norma internacional exige un tercero cual es el del control pre y post mortem (Art. 8.8.21 in fine)”.