Comentarios sobre proyectos de leyes orgánicas de la Justicia
El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se refirió «con gran preocupación» al tratamiento de los proyectos de Ley Orgánica del Ministerio Público y del Poder Judicial presentados por el Ejecutivo provincial (proyectos nº 1173/17 y 174/17), con tratamiento legislativo, porque señala «presentan numerosos y serios inconvenientes que, de no ser modificados, pueden poner en riesgo la implementación del sistema acusatorio en la provincia. Hasta el mejor de los Códigos Procesales Penales estará condenado al fracaso, si su puesta en marcha no se lleva a cabo adecuadamente mediante el rediseño de los organismos claves que deberán ponerlo en funcionamiento».
«Frente a un nuevo modelo en el cual las partes –acusación y defensa- asumen roles protagónicos en el proceso, resulta sorprendente que aún se decida conservar sin alteraciones sustanciales una estructura propia del viejo sistema, en el cual la Procuración General continúe teniendo la doble y contradictoria función de dirigir tanto a los fiscales como a los defensores. Se torna indispensable que la nueva ley orgánica tenga como premisa principal la separación de ambas instituciones, estableciendo la autonomía tanto de la fiscalía como de la defensa. No hay sistema acusatorio sin una Defensa Penal Pública autónoma e independiente».
El INECIP entiende que el proyecto de ley orgánica del Ministerio Público, vuelve a reproducir varios de los vicios propios del sistema inquisitivo al establecer una organización rígida que conserva la estructura espejo del órgano jurisdiccional con fiscalías y defensorías “celdas” que funcionan como compartimentos estancos y sin una mirada global de las tareas principales de cada cabeza del Ministerio Público: desarrollar una política criminal eficaz e inteligente y proveer un servicio de defensa penal efectiva, respectivamente.
Sugiere que «la nueva ley orgánica debería dar lugar a la consolidación de un diseño que, a través de una mayor flexibilidad, permita adaptar el organismo a las necesidades propias de la coyuntura local y lograr un óptimo aprovechamiento de los recursos humanos y materiales del Ministerio Público, sin la multiplicación de funciones propias de una estructura estática y excesivamente burocrática».
«El nuevo sistema exige un cambio cultural que no será posible con una ley cargada de rigorismos formales, propios de una cultura del trámite y del expediente. La organización y gestión de estas estructuras requiere herramientas acordes al enorme desafío que conlleva la transformación del sistema de justicia penal. Incorporar nuevos instrumentos de gestión permite descentralizar y democratizar el poder al interior de cada organismo, en pos de una mejor formulación de las políticas públicas que las dos cabezas del Ministerio Público deben diseñar y ejecutar», manifiesta el Instituto.
Por su parte, el proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial, «se presenta como un modelo anacrónico que pretende regular todos los fueros en un mismo cuerpo normativo, impidiendo, de esa forma, el tratamiento específico de aspectos medulares de la justicia penal como un diseño moderno de Oficinas Judiciales, un Cuerpo Horizontal de Colegio de Jueces, y una verdadera carrera judicial orientada a la promoción, transparencia y evaluación objetiva de la función judicial. Por último, fiel al modelo inquisitivo que aún rige en la provincia, el diseño proyectado se despreocupa del control sobre el cumplimiento de las salidas alternas al juicio, omitiendo la creación de una Oficina de Medidas Alternativas y Sustitutivas a la Prisión, que se encargue de tal función.»