Conceden prisión domiciliaria a Milagro Sala
La Justicia otorgó la prisión domiciliaria a Milagro Sala. La dirigente de la agrupación Tupac Amaru salió poco antes de las 10 del penal de Alto Comedero, en San Salvador de Jujuy, y fue trasladada a una vivienda de la localidad de El Carmen, a 20 kilómetros de la capital provincial, donde deberá cumplir la detención.
El juez Gastón Mercau, titular del Juzgado de Control en lo Penal N° 3 de Jujuy, decidió otorgar la prisión domiciliaria a Sala «de acuerdo a lo dispuesto» por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Hace dos semanas, la CIDH había recomendado que la líder jujeña cumpliera la detención en su domicilio o que enfrentara los procesos judiciales en libertad con medidas como la fiscalización electrónica. El magistrado Mercau dictó la resolución «de acuerdo a lo dispuesto» por la CIDH.
Sala estaba detenida desde enero de 2016 en Alto Comedero por los delitos de asociación ilícita, fraude y extorsión en una causa que se tramita en el fuero provincial. Además, tiene en suspenso una condena a tres años por aprietes al gobernador Gerardo Morales.
«Resuelvo disponer que la prisión domiciliaria dictada en contra de la imputada Milagro Sala (…) se cumpla en el inmueble ubicado en loteo Villa Parque La Ciénaga (…), de acuerdo a lo dispuesto» por la CIDH «en expediente caratulado: «Medida cautelar N°25/16», con custodia a cargo de Gendarmería Nacional y colaboración en caso necesario de la policía de la provincia», decidió el juez Mercau.
El magistrado aclaró que la prisión domiciliaria deberá cumplirse en esa vivienda sólo si «se encuentra en condiciones». Además, resolvió que Sala deberá «abstenerse de salir del domicilio sin autorización del juez interviniente bajo apercibimiento de revocar el beneficio».
La dirigente de la Tupac Amaru tampoco podrá recibir visitas multitudinarias ni de madrugada: el juez dispuso que «podrán ingresar al inmueble un número de personas que no podrá exceder de siete a la vez» y que quienes vayan deberán hacerlo de 7 a 20. La restricción «no se aplicará a lso familiares directos de la imputada cuyo listado deberá ser aportado».