Un fallo que cambia la doctrina del STJ
(ADN).- No es un fallo más. La decisión del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, de declarar admisible revisar el fallo que separó de sus funciones al ex camarista Juan Bernardi, por parte del Consejo de la Magistratura, significa un giro copernicano sobre la doctrina del máximo tribunal y fija jurisprudencia sobre las decisiones futuras de la Magistratura. Bernardi cumple una condena de cinco años de prisión efectiva.
¿Qué significa esta decisión del STJ? En primer término las resoluciones tomadas por el Consejo de la Magistratura eran revisadas por el máximo tribunal en temas «formales», o sea el debido proceso y la garantía de defensa en juicio, nunca por cuestiones de fondo.
Ahora, con esta decisión el escenario cambió en 180 grados.Significa que el Superior Tribunal de Justicia puede revisar decisiones del Consejo de la Magistratura, que es un ámbito de caracter político más que judicial, integrado por legisladores, consejeros de los colegios de abogados, además de los representantes de la Justicia.
Los legisladores y consejeros «quedan pintados» y con la espada de damocles pendiente sobre sus sentencias, que de ahora en más serán revisadas por la Justicia.
No está ausente en este análisis, el panorama que se presenta a futuro, ya que ahora por ese camino trazado por la defensa de Bernardi, se cuela el pedido de revisión del fallo contra el ex juez Favio Igoldi -también separado del cargo- quien ya había planteado que en su caso no pudo defenderse adecuadamente porque se sumaron causas a la original que motivó el juicio político. Cabe recordar que en la destitución de Igoldi, el actual presidente del STJ, Ricardo Apcarián, votó en contra de ser removido de como juez penal.
Si evaluar otras consecuencias de esta medida se trata, también se puede interpretar que el Superior Tribunal de Justicia quiso enviar un mensaje de tranquilidad a jueces y fiscales, que puedan ser sometidos a juicios políticos, una lectura que ya habrán hecho los actuales camaristas Daniela Zágari y Carlos Reussi y el Fiscal General Marcelo Alvarez, cuestionados por su actuación en la investigación del asesinato de Atahualpa Martínez Vinaya.
En verdad, un fallo que revisa a fondo la posibilidad de revisión por parte del Superior Tribunal de Justicia de las decisiones del Consejo de la Magistratura, un organismo de la Constitución, de caracter político, que designa y promueve jueces.
Otra mirada es analizar cómo se votó esta decisión sobre el caso Bernardi. A favor de la revisión del fallo votaron Enrique Mansilla, Adriana Zaratiegui y Marcelo Gutiérrez, quien fue subrogante de Ricardo Apcarian. Por la negativa lo hicieron Sergio Barotto y Liliana Piccinini.
Juan Bernardi, detenido en la dependencia policial de Cubanea, a 50 kilómetros de Viedma, espera ahora que el máximo tribunal revise su separación como camarista a partir de la distitución que resolvió el el Consejo de la Magistratura de la primera circunscripción judicial, por “mal desempeño” y “graves desarreglos de conducta”, que previo a al fallo que nos ocupa, era inapelable y sin revisión.