Confirman condena por abuso sexual a penitenciarios
(ADN).- Tres oficiales del Servicio Penitenciario Federal seguirán detenidos por estar condenados a 12 años de prisión por someter sexualmente a una mujer en Roca. Su defensa había solicitado un recurso extraordinario federal a la Corte Suprema, pero el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro lo rechazó.
En marzo pasado el STJ había rechazado un recurso de casación, confirmando el fallo de la Cámara Criminal Tercera de Roca que impuso penas de 12 años de prisión a los imputados. Contra aquella decisión los abogados interpusieron un recurso extraordinario, con la intención de llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y ese planteo fue denegado ahora por el STJ en un nuevo pronunciamiento. Sin embargo, la condena aún no está firme porque la defensa tiene la posibilidad de plantear un recurso de queja directamente ante la Corte.
Tras el juicio realizado en junio de 2016 en Roca se tuvo por acreditado que una madrugada de septiembre de 2008 la víctima, por entonces de 23 años, se retiró de un local bailable de la ciudad con el imputado J.M.A. y ambos se dirigieron al Casino de Oficiales de la Colonia Penal Federal N° 5, donde mantuvieron relaciones sexuales consentidas. Acto seguido el imputado facilitó el ingreso a la habitación de los otros dos oficiales, quienes sometieron sexualmente a la mujer mediante la utilización de violencia física.
La Cámara sostuvo que ante la resistencia de la joven, «ambos imputados golpearon la cabeza de la víctima contra el espaldar de la cama (…) todo ello con la participación necesaria de J.M.A., quien no sólo puso a la víctima a disposición de los imputados (…) sino que permaneció en la habitación, observando…”.
El oficial J.M.A. fue condenado como «partícipe necesario del delito de abuso sexual con acceso carnal, calificado por haber sido cometido por dos o más personas, dos hechos en concurso real», mientras que M.J.G. y D.H.A. están condenados como «autores» del mismo delito.
En su recurso extraordinario los defensores sostuvieron que la sentencia cuestionada «es arbitraria y violatoria de garantías constitucionales» y que «viola el principio de congruencia», entre otros agravios. Por lo que solicitaron que se remita el caso a la Corte Suprema para que ésta deje sin efecto la condena.
A su turno el Fiscal General propuso al STJ que deniegue el recurso por razones formales y porque «no advierte arbitrariedad» en lo decidido.
Al resolver en esta nueva instancia el STJ concluyó que el recurso «debe ser desestimado porque no cumple con la totalidad de los requisitos exigidos» por la Corte Suprema para su admisión.
Uno de los agravios de la defensa fue la «valoración del plexo probatorio y la incidencia decisiva que la declaración de la víctima ha tenido» en el caso. En ese punto el STJ examinó el análisis realizado por la Cámara roquense y concluyó que éste fue «adecuado en relación con la consistencia, congruencia y verosimilitud» de los dichos de la mujer. También precisó que otras circunstancias de la causa «corroboraron su fuerza, con lo que se erigió en una prueba de cargo suficientemente sólida».
Por último, el STJ concluyó que «cabe desestimar las críticas efectuadas al respecto, máxime cuando no bastan para demostrar violación de derechos alguna ni acreditan la existencia de cuestión federal de entidad tal que amerite la especial intervención del máximo Tribunal de la Nación».