Suspensión de Colil. Continúa la polémica en Ramos Mexía
Intendente de Ramos Mexía, Patricio Colil, respondió en un comunicado oficial a la medida que tomó el Concejo Deliberante local que lo suspendió por 60 días por no haber realizado rendiciones de cuentas de aportes de fondos recibido en su gestión.
El jefe comunal vetó la ordenanza que lo suspende en el cargo y expresó que “el veto busca mostrar que la ordenanza 128/18 resulta una usurpación de funciones y un notorio abuso de autoridad, buscando suspender al intendente y a diversos funcionarios, sin ninguna denuncia, ya sea por parte de los concejales o por iniciativa popular, ni la de inicio por juicio político” y agregó que «la suspensión solo esta prevista en dicho caso, cuando la sala acusadora del juicio político remite la denuncia la sala juzgadora”.
Señala que en este caso, no hubo denuncia, ni procedimiento de juicio político, tan solo, un abuso de autoridad por parte de los concejales de JSRN, ejerciendo funciones no previstas por la Carta Orgánica, «con el objeto de deponer al Poder Ejecutivo electo democraticamente” y aclara que la ordenanza «no faculta a la presidenta del concejo a nombrar funcionarios del Poder Ejecutivo, constituyendo, una clara usurpación de sus funciones (Art. 246 inc. 3 Código penal), lo que se traduce de forma notoria en un ilícito penal”.
“El concejo Deliberante resolvió en concordancia con la Presidente del Tribunal de Cuentas, contratar un estudio contable de Viedma, por una abultada suma para realizar una auditoria totalmente parcializada, porque abarco solamente el ultimo periodo de gobierno (desde diciembre 2015), cuando existen causas penales por fraude y libramientos de cheques sin fondos contra el anterior Intendente Gimenez”, sostiene Colil.
Explica también que el municipio fue embargado en 2016 por deudas de la gestión anterior y se pagaron deudas institucionales también también anteriores, evitando juicios al Municipio. un tema que según el intendente suspendido «ni siquiera fue abarcada por la citada auditoria, la que se contrato sin autorización del intendente, por una suma cercana a los $800.000.00. Por otra parte, los comprobantes de pago que falazmente se mencionan como `no presentados`, no fueron requeridos para la realización de la tarea, no obstante existen y pueden ser presentados a simple requerimiento y a disposición de cualquier cuestión legal”.