Comercio multó a La Anónima por no exhibir precios
La Cámara Civil, Comercial y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial, confirmó una multa impuesta por la Dirección de Comercio de la provincia por la falta de exhibición de precios a una sucursal del supermercado La Anónima.
El organismo de Defensa del Consumidor sancionó a la empresa con una multa monetaria por haber infringido la normativa aplicable, que expresamente indica que “quienes ofrezcan bienes muebles o servicios a consumidores finales deberán indicar su precio expresado en moneda de curso legal y forzoso en la República Argentina” y además “deberá ser el de contado en dinero efectivo y corresponderá al importe total que deba abonar el consumidor final”.
Se aclara en la normativa que “en los casos en que se acepten además otros medios de pago, tal circunstancia deberá indicarse claramente en los lugares de acceso al establecimiento juntamente con el valor en pesos al que será considerado el medio de pago de que se trate, salvo en el caso de que el medio de pago considerado sea una tarjeta de crédito, débito o compra, conforme lo previsto en el Artículo 37, inciso c) de la Ley Nº 25.065”.
“En los casos en que se ofrezcan directamente al público bienes muebles o servicios en moneda extranjera, se podrá exhibir su precio en dicha moneda, en caracteres menos relevantes que los correspondientes a la respectiva indicación en pesos. Quienes ofrezcan bienes muebles o servicios a otros destinatarios podrán exhibir, además, otros precios en forma tal que el tamaño de caracteres, así como su visibilidad, no resulte más relevante que los destinados al consumidor final”, remarca la ley.
La multa fue impuesta mediante la Resolución Nº 337/2017, emitida el 25 de agosto de 2017. Luego, fue apelada ante la Cámara Civil, Comercial y de Minería de Viedma por el comercio infractor.
Ante ese planteo, la Cámara resolvió no hacer lugar al recurso de apelación y confirmó la multa impuesta.