Usina nuclear. Argumentos contra la ley 5227
(ADN.- Qué dicen los argumentos expuestos por el intendente de Sierra Grande, Nelson Iribarren, en su escrito presentado ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, donde solicitó la inconstitucionalidad de la ley 5227, que prohibe en la provincia la instalación de plantas nucleares de alta potencia.
El jefe comunal sierragrandense quiere radicar la usina nuclear en la localidad y en su exposición de motivos ante la Justicia, hace referencia a la contradicción política que plantea esta ley con las decisiones de los gobiernos nacionales y los acuerdos internacionales; plantea que la provincia no tiene competencia para legislar en materia nuclear y que la norma votada por los legisladores afecta la autonomía municipal y los intereses de los habitantes de Sierra Grande.
En el escrito, al que tuvo acceso ADN, se fundamenta que «una norma prohibitiva como la ley Nº 5.227 no puede ser de carácter genérico sobre una actividad que se desarrolla en el país y en nuestra provincia, la que es de carácter lícito en el territorio nacional, de competencia federal, regulada y controlada por el Estado Nacional».
En un resumen del escrito de Iribarren, que contó con el patrocinio de los abogados Pedro Francisco Casariego y Pedro Osvaldo Horacio Casariego, se hace expresa mención a la contradicción política que significa haber sancionado la ley 5227, en tanto que en el año 2014 la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner, suscribió convenios de cooperación con la República Popular China, en diversos temas, incluido el energético, y uno de ellos preveía la instalación de represas hidroeléctricas en Santa Cruz y «una nueva y quinta usina nuclear, sin definir su ubicación».
En este sentido se menciona que estos convenios marcos fueron aprobados en febrero del 2015, mediante la ley 27.122, sancionada «con el voto positivo de los senadores Miguel A. Pichetto y Silvina García Larraburu y los diputados María E. Soria, Hernán Avoscan, Josue Gagliardi, Jorge Cejas y Luis Bardegia. Es decir la totalidad de los legisladores que representan a la provincia en el Congreso Nacional» y se destaca que «es de suponer que este apoyo explícito de los parlamentarios rionegrinos ha guardado una coherencia con el desarrollo tecnológico, científico y comercial que tiene Río Negro y en especial San Carlos de Bariloche y Pilcaniyeu en materia nuclear».
Luego se menciona que el presidente Mauricio Macri -luego de su visita a China- ofreció al gobernador Alberto Weretilneck la instalación de la usina nuclear en la provincia de Río Negro, «proyecto que fue aceptado por el mandatario provincial», tras haber «recibido asesoramiento técnico científico de la Comisión Nacional de Energía Atómica, del Instituto Balseiro, del Centro Atómico Bariloche , del INVAP y Nucleoeléctrica Argentina S.A, que opera Atucha I y II»:
Señala el escrito que pese a todo esto, la Legislatura votó el 1 de septiembre de 2017, la ley 5227 que prohibe la instalación de usinas nucleares en Río Negro.
Competencia en materia nuclear
Entre otros argumentos del escrito del intendente Iribarren se explica que la actividad nuclear en el país está regulada por la Ley Nacional de Actividad Nuclear 24.804 de 1997, donde se establece que «en materia nuclear el Estado Nacional fijará la política y ejercerá las funciones de investigación, desarrollo, regulación y fiscalización, a través de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) y de la Autoridad Regulatoria Nuclear».
También esta ley, en su artículo 11, expresa que «todo nuevo emplazamiento de una instalación nuclear relevante deberá contar con la licencia de construcción que autorice su localización, otorgada por la Autoridad Regulatoria Nuclear y con la aprobación del Estado provincial donde se proyecte instalar el mismo», en este punto el escrito indica que esta «circunstancia no puede tenerse como expresión válida negativa por el dictado de la ley provincial 5227 en razón de la inconstitucionalidad de forma y fondo que la afecta».
«En este caso la negativa provincial deberá ser especial e individual para un proyecto determinado y no genérico, siendo la autoridad provincial de aplicación la que debe otorgar o no la aprobación por razones técnicas y no meramente políticas como en el caso de autos», manifiesta el escrito presentado ante el STJ.
Autonomía municipal
«El Estado Provincial se ha arrogado para sí, en forma exclusiva, un poder que afecta gravemente los intereses del Municipio de Sierra Grande», expresa Nelson Iribarren y fundamenta que los residentes de Sierra Grande se ven afectados en sus derechos constitucionales, como trabajar y ejercer toda industria lícita y el principio de igualdad y «la garantía de inalterabilidad del contenido esencial de los derechos fundamentales, ya que si bien una ley no puede alterar un derecho en su esencia, bien puede delimitarlo o regular su contenido, o su ejercicio razonable, pero para ser razonable los medios deben guardar una relación adecuada y proporcionada con los fines, y además, la medida no debe alterar el `contenido esencial` de los derechos y las garantías constitucionales».
También menciona que se ha desconocido la consulta popular del 17 de diciembre de 2017, «que arrojó un resultado favorable a la instalación de la central nuclear en el ejido de la localidad de Sierra Grande, alcanzando la friolera del 85 por ciento de votos afirmativos» y puntualiza que por un lado se afirma que el proyecto carece de licencia social y «al mismo tiempo se desconoce la expresión soberana de los habitantes de Sierra Grande».
El intendente también explica en su presentación judicial que «ante la inminencia del tratamiento de la ley impugnada, la Municipalidad de Sierra Grande cursó una nota a la Legislatura Provincial y al Gobernador de la Provincia de Río Negro, solicitando la suspensión del tratamiento del proyecto, para sí poder llevar a cabo la consulta popular que marcara la existencia -o no- de la licencia social pretendida, cuestión que fue abiertamente ignorada por las autoridades provinciales».
Luego de la presentación de este escrito, en los primeros días del mes, el debate está en la Justicia, con intervención del STJ y las opiniones que expresarán el Procurador General y el Fiscal de Estado de Río Negro.