Juicio por jurado en Río Negro a partir del año próximo
(ADN).- Informó el Poder Judicial que a partir de marzo del año próximo se implementará el juicio por jurados en Río Negro, en cumplimiento de la ley sancionada por la Legislatura provincial, donde los ciudadanos rionegrinos podrán participarán personalmente en la administración de la Justicia Penal, como miembros de un jurado popular y definirán sobre la inocencia o la culpabilidad de otro ciudadano en la comisión de un delito grave. Este sistema se suma a la reforma procesal penal implementada hace 10 meses.
Juicio por jurados
Los juicios con jurados populares se utilizarán para los delitos más graves y siempre que el fiscal anticipe que pedirá una pena mayor a 12 años de prisión. Si el fiscal anuncia una pena menor el juicio será ante los jueces profesionales.
Estarán integrados entre 7 y 12 miembros. Será de 7 ciudadanos cuando el fiscal anticipe que pedirá una pena de entre 12 y 25 años de prisión y de 12 cuando el fiscal anticipe que pedirá una pena mayor.
Los jurados recibirán, sin intermediarios, todas las pruebas, testimonios y alegatos y con esa información deberán decidir si el acusado es o no culpable del delito y para arribar al veredicto discutirán en una sesión absolutamente secreta. Esa deliberación puede durar hasta dos días y para asegurar su tranquilidad, podrán pedir un régimen de resguardo o incomunicación.
Para resolver una definición, en los jurados de 12 miembros, alcanza con 10 opiniones para declarar la culpabilidad, mientras que en los jurados de 7 miembros, se alcanza la mayoría con 6 opiniones de culpabilidad. Si no se obtienen esas mayorías la persona acusada debe ser absuelta, porque significa que el jurado tiene dudas y no está seguro de estar ante el culpable.
¿Quienes son jurados?
Para ser jurado no es necesario saber de derecho. Un juez explicará al jurado los aspectos jurídicos del caso y los ciudadanos darán su veredicto basándose en todo lo que vieron y escucharon durante el juicio, guiados por su buena fe y sentido común.
Los jurados se eligen de una lista general que se sortea una vez al año del Padrón Electoral. Para cada juicio se sortea de esa lista a un grupo de personas, que pasan a una Audiencia de Selección hasta conformar un jurado imparcial y es obligatorio asistir. Su empleador, sea el Estado o un privado, justificará su inasistencia y no podrá descontarle el día. También se reconocerán posibles gastos de transporte y comida. Es una carga pública.
Son requisitos para: ser argentino mayor de más de 18 años con residencia en la zona donde ocurrió el delito y no tener condenas por delitos dolosos. Abogados y funcionarios públicos no pueden ser jurado. Tampoco Auxiliares de Justicia ni los miembros activos de seguridad ni los referentes religiosos.
Para integrar el jurado la ley dispone que se debe buscar equilibrio de géneros y edades, intentando que la mitad de sus integrantes pertenezca al mismo entorno social y cultural de la persona juzgada.