Rechazo al pedido de Iribarren. El STJ convalidó ley antinuclear
(ADN).- Un fallo del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro dispone que el intendente de Sierra Grande, Nelson Iribarren no tiene legitimación para pedir la inconstitucionalidad de la ley antinuclear votada por la Legislatura provincial el 1° de septiembre del 2017 -por amplia mayoría- que prohíbe la instalación de plantas nucleares en territorio rionegrino salvo las de diseño nacional, con tecnología Carem que desarrollan la CNEA y el Invap.
No se conoce aún la actitud que adoptará el jefe comunal sierragrandense que en su presentación judicial de pedido de inconstitucionalidad de la ley provincial 5227, contó con el apoyo del gobierno de Mauricio Macri y de la Secretaría de Energía Atómica de la Nación.
Para el máximo tribunal judicial argumenta en su fallo que “si bien el Intendente es quien tiene la atribución de representar en juicio los intereses comunales de ese Municipio conforme lo previsto en el artículo 64 ap. 1 de su Carta Orgánica Municipal, ello, por sí solo, no lo inviste de la legitimación necesaria para entablar la acción pretendida» y agrega que “la legitimación, como presupuesto de la acción, requiere de modo insoslayable su invocación y acreditación. La omisión en el cumplimiento de esta carga configura un obstáculo insalvable para la procedencia de la misma”.
El planteo de Iribarren surge luego que el gobierno nacional decidiera instalar una planta nuclear en Río Negro, en el marco de un convenio firmado por Argentina con China, con la posibilidad de ubicarla en la zona de Sierra Grande, luego de haberse descartado el ejido de Viedma, sobre el litoral atlántico.
Este proyecto encontró resistencia en la comunidad que hizo conocer que no había «licencia social» para llevar adelante el emprendimiento, que tuvo como principales impulsores al presidente Mauricio Maci y el gobernador Alberto Weretilneck. Este rechazo también se expresó en las elecciones de las PASO de agosto del 2017, con una clara derrota del oficialismo.
Con este fallo también se reivindica la potestad legislativa en el dictado de leyes de clara incumbencia provincial y destaca que “el Estado Provincial en función de las facultades que le son conferidas constitucionalmente posee competencia exclusiva para decidir sobre la radicación de plantas nucleares en su territorio, así como también el desarrollo de toda actividad relacionada con ese tipo de energía. Y queda sujeta a la jurisdicción nacional la regulación y fiscalización de la actividad nuclear”.
Agrega que “la Constitución Provincial reconoce en el Estado provincial la propiedad de los recursos naturales que se encuentren en su territorio (arts. 70 y 79), otorgándose al Gobierno facultades exclusivas para decidir sobre la explotación de esos recursos naturales y la preservación del medio ambiente. La titularidad del dominio de los recursos naturales está reconocida en el artículo 124 in fine de la Constitución Nacional y en la ley Nacional de Actividad Nuclear n° 24.804”.
Señala asimismo el STJ que «así como el Estado Provincial no puede inmiscuirse en la organización municipal, el Municipio no puede exorbitar las potestades que constitucionalmente le son reconocidas, arrogándose facultades de otros poderes; en el caso, del Poder Legislativo provincial”.
El fallo cuenta con el voto de los jueces Liliana Piccinini, Ricardo Apcarián y Sergio Barotto y la abstención, por haberse alcanzado la mayoría necesaria, de Enrique Mansilla y Adriana Zaratiegui y además cabe recodar que en un dictamen anterior, el Procurador Jorge Crespo sostuvo que “la acción de inconstitucionalidad (presentada por Iribarren) carece de legitimación activa para su interposición”.
El intendente Iribarren sostuvo en todo este proceso que Sierra Grande se perjudicaba con el dictado de esta norma e incluso realizó un referendum en la localidad, que si bien fue cuestionado por la escasa participación ciudadana, aprobó la instalación. Esta votación fue avalada por el diputado nacional Sergio Wisky y el senador nacional Miguel Pichetto, que ese domingo asistieron a la consulta popular.
Hoy este proyecto es una utopía en el marco de la actual situación económica nacional, las exigencias del FMI y el contexto internacional de la puja comercial entre EE.UU y China.