Proponen cortar el servicio de agua a deudores
(ADN).- El gobierno elevó un proyecto al Parlamento para acotar el caudal o cortar el suministro de agua a quienes tengan deudas con ARSA. Según el texto, el objetivo es lograr una mayor recaudación. Sin embargo, la iniciativa podría declararse inconstitucional.
El proyecto modifica el marco regulatorio para la prestación de los servicios de agua potable, desagües cloacales, riego y drenaje en la Provincia (3183), y busca implementar el corte del servicio para quienes se demoren más de 15 días en pagar el servicio.
Según consta en los fundamentos, la idea es “dotar a la empresa concesionaria del servicio de agua potable y desagües cloacales de mayores herramientas, con el objeto de prestar un servicio de calidad, con eficacia, eficiencia y economicidad”.
Para ello, propone “acotar los plazos para reducir el caudal o cortar el suministro de agua de aquellos usuarios residenciales que no tengan voluntad de pago, de aquellos que hayan suscripto un convenio de pago y no lo cumplan (…) todo ello con el único y loable objetivo de lograr que abonen los servicios prestados oportunamente”.
El agua potable es un “elemento esencial del derecho a la salud de todo ser humano”, así consagrado por Convenciones Internacionales y protegido por fallos de la Corte Suprema de Justicia y el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, por lo que podría declararse inconstitucional, ya que la Carta Magna adhiere a los pactos mundiales.
La iniciativa -que reveló En Estos Días- propone que el concesionario del servicio de agua potable y cloacas (la empresa estatal ARSA), estará facultado para reducir el servicio “mediante la colocación de limitadores de caudal o de presión” una vez que haya enviada una notificación simple, por correo, teléfono o mail; mientras que en la actualidad, se necesita una notificación fehaciente.
Incluso, el proyecto avanza hacia el corte del servicio, un punto que corre el riesgo de chocar con una serie de doctrinas jurídicas vigentes: “Si el usuario no regulariza la deuda en un plazo de quince días desde la reducción del servicio, el concesionario queda facultado para proceder, sin más, al corte de los servicios”.