Primer juicio por jurados. En Viedma el 14 de junio
(ADN).- El caso que se juzgará es un homicidio ocurrido en Sierra Grande hace diez meses y por el que llegan a juicio un padre y su hijo. Será conducido por la jueza Daniela Zágari
Como la pretensión de pena expuesta por el fiscal es mayor a 12 años, se inaugurará el procedimiento de juicio por jurados en la primera circunscripción judicial, tal como dispone la Ley sancionada por unanimidad por la Legislatura.
La ciudadanía que formará parte del jurado popular saldrá del sorteo público realizado en 2019 y depurado posteriormente en base a las declaraciones juradas recibidas por la Oficina Judicial.
En aquella ocasión se sortearon 250 mujeres y 250 varones de la primera circunscripción judicial, que tiene cabecera en Viedma e incluye, entre otras localidades, a Conesa, San Antonio, Las Grutas y Sierra Grande.
El próximo paso es la realización de un nuevo sorteo, solo entre ese listado reducido, para definir las personas que irán a la denominada “audiencia de selección”, que tendrá lugar el 11 de junio. Será conducida por la jueza Daniela Zágari. Allí, con la participación de las partes, quedará conformado el jurado popular, con 8 mujeres y 8 varones. 12 jurados serán titulares y 4 serán suplentes, aunque no sabrán esta condición hasta finalizar el juicio, de manera que tendrán que escuchar todo el debate.
El desarrollo del juicio
Una vez que empiece el juicio, de modo simple, la jueza explicará al jurado los aspectos jurídicos del caso. Los ciudadanos darán su veredicto basándose en todo lo que vieron y escucharon durante el juicio, guiados por su buena fe y sentido común.
El jurado popular deben ver y escuchar todo el juicio. Allí recibirán, sin intermediarios, todas las pruebas, testimonios y alegatos. Con esa información deberán decidir si la persona acusada es o no es culpable del delito.
Para llegar al veredicto el jurado discutirá en una sesión absolutamente secreta. Esa deliberación puede durar hasta dos días. Para asegurar su tranquilidad, podrán pedir un régimen de resguardo o incomunicación.
¿Qué pasa si de la deliberación no surge una decisión unánime de culpabilidad? En el jurado de 12 miembros, alcanza con 10 opiniones para declarar la culpabilidad. Si no se obtienen esa mayoría la persona acusada debe ser declarada no culpable.