La Argentina de los “164 impuestos”

En los últimos días tanto desde la conducción de la UIA como por parte de una referente política de Juntos por el Cambio, se fundamentó la oposición al proyecto para gravar las “rentas inesperadas” en el supuesto argumento que sostiene que en Argentina ya se cobran un sinfín de impuestos. Para ilustrar tal punto, se publicó una lista de tributos relevada por el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), que los medios de comunicación replicaron como si todos ellos fueran impuestos.  De esa lista se desprendería que en el país existen 164 impuestosEn toda esta cadena de (des)información nadie se tomó la molestia, siquiera, de leer lo que se incluye allí.

La lista está deliberadamente agigantada. Un análisis simple muestra que, al menos, el 65% de los conceptos incluidos no son impuestos, sino tasas, contribuciones, derechos, fondos, cánones y otras formas de cobro por parte del Estado (en sus diversos niveles) que suelen tener asociada una contraprestación.

Los ”errores» en la lista

  • Se mezcla en un mismo listado los impuestos con las tasas municipales. Las tasas no son impuestos, sino que son una contribucióneconómica que tiene como contraprestación un servicio. Esto es importante dado que la mayoría de las tasas se aplican exclusivamente si se realiza determinada cuestión (por ejemplo, la tasa por inspección de estructuras soporte de antenas y equipos complementarios de telecomunicaciones móviles [4], que se debe abonar exclusivamente si se coloca una antena de estas características). En el sistema tributario argentino, las tasas son establecidas por los municipios, siendo las más relevantes (dado que representan casi el 85% de la recaudación municipal) ABL y Seguridad e Higiene. Precisamente, en el listado en cuestión se enumera, por ejemplo, la “Tasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene”, la “Tasa por Habilitación de Comercio e Industria”, la “Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene” o la “Tasa por Alumbrado Público”.
  • Lo mismo ocurre con los Derechos, donde el listado incluye por ejemplo “Derecho de Cementerio”, concepto asociado al mantenimiento de un servicio.
  • Se incorporan además las Contribuciones, que también tienen como contraparte servicios y no son impuestos. Por ejemplo, ​“Contribución que incide sobre el uso de playas y riberas”, “​Contribución por servicios culturales”, “​Contribución para servicios de justicia” y “​Contribución de servicios prestados en el matadero municipal”.
  • Cabe recordar que por definición las tasas, derechos o contribuciones específicas están acompañadas de contraprestaciones por parte del Estado, y la obligación de pago deriva de la prestación de un servicio. Son considerados tributos, pero no impuestos. En cambio, los impuestos son tributos cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa en favor del contribuyente por parte del Estado.
  • En total, el listado de 164 “impuestos” presenta 41 tasas, 27 derechos y 26 contribuciones. Vemos ya, en una primera revisión, que la lista inicial de 164 impuestos se acorta a 70 conceptos.
  • Además, el listado incluye cánones por concesión de servicios públicos: un canon es un cobro que realiza el Estado por conceder un área para su explotación. No es un impuesto. Por ejemplo, “canon de riego”.
  • El listado incluye también el Aporte Extraordinario de Grandes Fortunas, que se produjo por única vez y no forma parte del sistema tributario habitual.
  • Si bien en la presente reclasificación se mantuvieron en el rubro “impuestos”, el listado de 164 casos incluye Fondos (8 en total) que en muchos casos se financian con impuestos ya existentes. Por ejemplo, el “Fondo de Emergencia por el COVID-19”.
  • En el listado además se realiza una operación muy común por parte de la mirada liberal argentina:incorporar a los aportes que realizan las y los trabajadores al sistema de seguridad social, y también las contribuciones patronales como parte de la carga tributaria, cuando se trata de la financiación del Sistema de Seguridad Social de carácter solidario e intergeneracional. Ocurre lo mismo al incorporar en el listado al Régimen de Trabajadoras de Casas Particulares, o de Autónomos.
  • Respecto de los regímenes como Monotributo, es bueno aclarar que incluyen una parte impositiva y otra previsional. En esta nueva reclasificación lo hemos mantenido en el listado de “impuestos”, pero cabe señalar que no corresponde su encasillamiento exclusivamente en este rubro.
  • Por último, deliberadamente en el listado duplican algunos conceptos, por ejemplo, Ganancias aparece dos veces: como ganancias a las sociedades y a las personas físicas. La ley de Impuesto a las Ganancias es una sola y tiene 4 categorías (ni siquiera son dos las categorías, lo cual demuestra el desconocimiento) [5].

¿Por qué se construye una imagen distorsionada sobre el sistema tributario? 

Hay una serie de razones que explican la construcción de este tipo de mensajes de amplia difusión pública, a saber:

1- LA CONFUSIÓN COMO FORMA DE DESINFORMACIÓN. El listado de una infinidad de conceptos tributarios mezclados -tantos que son muy difíciles de recordar – y tiene como finalidad llevar a la confusión asumiendo en la divulgación masiva que todos ellos son impuestos (cuando apenas son un tercio del listado). Incluso, en lo referido específicamente a los impuestos, ningún actor de la economía paga todos los impuestos mencionados. Buena parte del listado son, por ejemplo, impuestos internos a determinadas cadenas productivas. Se asume una superposición que no es tal.

2- EL OCULTAMIENTO DE LAS VERDADERAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO QUE SE CONCENTRAN EN UN PUÑADO DE TRIBUTOS. De la recaudación pública, el 71% corresponde a impuestos. Y más del 90% de dicha recaudación se concentra en 5 casos. Por ende, el resto de los impuestos listados (siempre hablando del 1/3 correcto) no tienen mayor significatividad.

Se trata del IVA, que explica el 37%, el Impuesto a las Ganancias que representa el 27%, el Impuesto a los débitos y créditos (8,5%), Combustibles (4%) y los recursos aduaneros (donde están los derechos de exportación e importación), que son el 15%.

Y en el orden provincial ocurre lo mismo: pocos tributos explican el 90% de la recaudación (Ingresos brutos, automotor e inmobiliario).

Incluso a nivel municipal, si bien el listado se explaya en mencionar 41 tasas, sólo dos de ellas concentran casi el 85% del total de la recaudación, como se observa en un caso concreto del Gráfico 3.

3- Se oculta que Argentina tiene menor carga tributaria que países vecinos como Brasil y Uruguay e incluso que paises de la OCDE. La verdadera discusión es si, indistintamente de la cantidad de impuestos vigentes, los mismos generan una carga impositiva alta o no. Para determinar esto, una comparación con el resto del mundo ayuda a concluir que Argentina no tiene niveles de presión tributaria (o sea, impuestos sobre el PBI) altos. De hecho, según datos de OCDE, se encuentra en línea con el promedio de América del Sur y muy por debajo de países desarrollados, como los europeos (Alemania: 38,3%; España: 36,6%; Italia: 42,9%, Francia: 45,4%, Dinamarca: 46,5%, el promedio de Europa: 40,4% y del promedio de OCDE (33,8%)). Si el análisis se realiza en relación a América Latina y el Caribe, los datos a 2021 muestran que Argentina se encuentra por debajo de los valores de Brasil y Uruguay, y por encima de otros países cuya cobertura de salud o Seguridad Social resulta sensiblemente inferior a la de nuestro país.

4- SE COLOCA EL EJE EN LA PRESIÓN FISCAL PARA OCULTAR EL DEBATE DE FONDO: LA REGRESIVIDAD DE NUESTRO SISTEMA TRIBUTARIO. En un trabajo exhaustivo realizado por el CEPA en conjunto con la Fundación Friedrich Ebert se analizó la estructura tributaria argentina y la incidencia de los impuestos regresivos sobre la misma en comparación con otros países de América Latina y Europa.

La progresividad tributaria en los países seleccionados de Europa, entendida por el nivel de participación de los impuestos progresivos sobre el conjunto de la recaudación, ronda en promedio el 55% para el periodo comprendido entre 2008 y 2019, mientras que en América del Sur este mismo dato es considerablemente menor: 39%. Esta brecha de progresividad fue reduciéndose en todo el periodo analizado, debido a aumentos en la progresividad de los países seleccionados de América del Sur y reducciones en los países de Europa. Si en 2008 la brecha era de 20 puntos porcentuales (Cono Sur 37% y Europa 57%), diez años después es de 15 puntos porcentuales (Cono Sur 40% y Europa 55%). Los cambios en el impuesto a la renta de América del Sur explican el crecimiento en la progresividad, y en Europa se da una leve caída por aumentos en los impuestos al consumo.

El caso argentino, a la fecha estudiada, es uno de los más regresivos, dado que los impuestos a los más tienen o más ganan en 2019 sólo explicaban en 38,8% de la recaudación total, por debajo de Uruguay, Chile, Reino Unido, España, Italia, Alemania, Francia y Dinamarca. En la actualidad con las decisiones del gobierno de Alberto Fernández esta regresividad se ha revertido levemente, alcanzado los impuestos progresivos una participación de 41% al 2020 [6], revirtiendo en buena medida el proceso de incremento de regresividad que se produce entre 2016 y 2019. Este debate resulta central: los sectores populares son los que reciben mayor presión fiscal. Para revertir esta situación el camino no es menos impuestos sino impuestos que reviertan esta relación. 

5- SE ASUME QUE LOS CONCEPTOS MENCIONADOS SÓLO EXISTEN EN ARGENTINA, CUANDO EL PAGO DE TASAS Y CONTRIBUCIONES ES GENERALIZADO EN OTROS PAÍSES. El portal www.portaltributario.com.br  detalla algunos de los tributos (impuestos, contribuciones, tasas) existentes en Brasil a partir de un relevamiento de revistas y publicaciones a los que se agregan los códigos fiscales de San Pablo, Río de Janeiro, Florianópolis, Fortaleza, Manaos y Curitiba . Se computan al menos 135 conceptos:

A su vez, en Brasil ocurre como en Argentina. En el orden federal, Brasil recauda sólo con 5 impuestos el 90,8% del total. Si se analiza la situación a nivel estadual, 96,5% se recauda con 4 impuestos. Y a nivel municipal, 80,6% se recauda con 2 impuestos.

Informe del Centro Economía Política Argentina (CEPA).