El STJ busca reformar el Código Procesal de Familia
(ADN).- El Superior Tribunal de Justicia decidió presentar a la Legislatura provincial un proyecto de modificación para perfeccionar la norma. Entre los cambios más importantes se destacan los procesos por alimentos y mejores prácticas ante las violencias.
Para impulsar la iniciativa ante el Poder Legislativo, el STJ designó a la jueza Liliana Piccinini, quien a lo largo de los últimos años ha coordinado los proyectos de Planificación Estratégica relacionados con el fuero de Familia. La reforma que se impulsa, justamente, es el eje del Proyecto de Planificación Estratégica FAM2.
Entre sus fundamentos, el proyecto busca “lograr una mejor funcionalidad del sistema, la optimización de la digitalización de los procesos y la adecuación al sistema PUMA”. Este último es un desarrollo informático propio del Poder Judicial que ya se aplica para la gestión digital de expedientes en otros fueros y que comenzará a utilizarse en el fuero de Familia desde el 1 de noviembre, de manera obligatoria para los organismos, auxiliares y profesionales litigantes.
Una de las reformas más importantes se propone sobre los procesos por alimentos, ante las situaciones de incumplimiento. La iniciativa fortalece las herramientas para la retención directa de dinero, el embargo de sueldos con un trámite más rápido, la venta de bienes de la persona obligada al pago e incluso su inhibición de bienes para garantizar que se cumpla la obligación alimentaria.
Por otra parte, el proyecto de modificación equipara las audiencias presenciales, semipresenciales y virtuales, reconociendo en el Código una realidad “que se instaló con notable éxito durante la pandemia” y se incorporó a la práctica cotidiana de los Tribunales.
Otro eje aporta precisiones al sistema de notificaciones, detallando todas las situaciones en las que obligatoriamente se deben cursar notificaciones personales o por cédulas a las personas involucradas en un expediente de Familia.
Por otra parte, el proyecto ajusta los modos, plazos y procedimientos para las apelaciones y otros recursos, promoviendo el dictado de sentencias inmediatas en las audiencias en las que se analizan impugnaciones.
En otro punto se propone agilizar el trámite judicial de control de las medidas excepcionales de protección de niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad que toma la SENAF, el organismo proteccional dependiente del Poder Ejecutivo Provincial.
De las reuniones de Planificación para analizar el Código de Familia y su operatividad surgió como tema de gran interés las fortalezas y debilidades del sistema en los procesos de violencia familiar y de género, especialmente sobre su articulación con el fuero Penal. Esas propuestas fueron canalizadas en julio de este año por el Superior Tribunal de Justicia y la Procuración General a través de la Acordada N°15/2022, que definió los “usos forenses” y los roles específicos de cada organismo sin necesidad de alterar el texto del Código Procesal de Familia.
Aquella Acordada estableció lineamientos específicos y ajustó la articulación de la tarea de los Juzgados de Familia, los Juzgados de Paz, las Fiscalías, la Defensa Pública y las comisarías que reciben denuncias por hechos de violencia intrafamiliar y de género, bajo la premisa de que resultaba necesario perfeccionar primero las prácticas de las y los operadores antes que modificar el texto del Código en este punto.