Techo Digno: competencia local y «delitos comunes»
(ADN). – Se realizó hoy una nueva audiencia en General Roca, en el legajo fiscal que investiga a empresarios de la construcción y a intendentes que tuvieron intervención en el programa nacional “Techo Digno” destinado a la ejecución de viviendas, donde la fiscalía respondió a las defensas de tres empresarios y dos intendentes,, imputados, que plantearon la excepción de falta de acción y por otro, que se declare la incompetencia provincial en estos legajos.
La defensa de los dos es jefes comunales imputados argumentó que como los fondos fueron derivados de Nación, la intervención en este caso debería ser federal, mientras que la fiscalía respondió que «este tema quedó aclarado en la ya resuelta formulación de cargos con la correspondiente teoría del caso de esta parte que sostiene que ese dinero ingresó a las arcas municipales y se utilizó para realizar pagos a los empresarios y demás actuaciones. Es el municipio el que sufrió el perjuicio económico».
Según la Corte Suprema, una vez que el dinero ingresa a las arcas de los municipios, la competencia es la local.
«Sumamos a nuestros argumentos la abultada prueba que se ha producido durante todo este tiempo, que demuestra lo que la fiscalía sostiene y por ello es que estamos en esta investigación. Nos llama la atención que se plantee la incompetencia en esta instancia luego de lo resuelto oportunamente por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro», sostuvo la representante fiscal.
A su vez, la fiscal jefa explicó que la imputación de cargos -ya aceptada y por la que se avanza hacia el control de acusación o re formulación- fue realizada contra personas físicas y no jurídicas. «La fiscalía ha acusado por delitos a empresarios y a intendentes, cumpliendo con los estándares establecidos», dijo y explicó que «se trata de delitos comunes, es decir de aquellos relacionados con la defraudación pública, concretada por estas personas físicas, y agregamos que la conducta reprochada en la acusación es típica, personal. Además, resta dilucidar el nivel de responsabilidad que cada uno tuvo».
«La relación procesal está sellada por la formulación de cargos ya realizada. En ese acto, las personas aquí presentes fueron acusadas en su condición de representantes legales de las empresas que debían concretar las obras», argumentó
El Ministerio Público enfatizó que la revisión de las formulaciones de cargos ya ha sido vedada por las instancias recursivas anteriores.
«Tenemos aquí una acción que es reprochable a título personal y a título de dolo, en relación a la conducta defraudatoria. En virtud de esto no coincidimos cuando una de las defensas dice que su asistido actuó sólo en cumplimiento de un contrato, para la teoría del caso fiscal lo hizo por su rol en la empresa y por su rol en las obras que no se concretaron», destacó la acusación.
La acusación fiscal, imdicó además que «Los empresarios han licitado, han participado y han recibido dinero. El resto de las cuestiones las discutiremos en el control de acusación y en el juicio que se llevará adelante».
Se informó desde la Justicia que la resolución del juez de Garantías se dará a conocer el próximo viernes 26, a las 12.30, a través de la plataforma Zoom.