El STJ rechazó la cautelar por el plebiscito de Calcatreu
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(ADN). – El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro rechazó un pedido de medida cautelar presentada por el intendente de Jacobacci y la Provincia, con el propósito de suspender preventivamente una ordenanza que convoca a un plebiscito para conocer la opinión ciudadana sobre el proyecto minero de Calcatreu.
Mientras el proceso judicial por el conflicto de poderes continúa, el STJ manifestó que una decisión provisoria como la solicitada implicaría adelantar opinión sobre la cuestión de fondo.
La petición era suspender la vigencia de la Ordenanza N° 24/24 hasta tanto se dicte sentencia definitiva. Se argumentó que la norma era una “invasión municipal en el ejercicio de facultades exclusivas de la Provincia de Río Negro, en materia regulatoria de la actividad minera y desarrollo económico” y que se trataba de una “latente prohibición implícita al proyecto”.
También se expuso que de continuar vigente la ordenanza “se traducirá en la imposibilidad para la empresa de ubicar instalaciones, talleres, oficinas en el centro poblado más importante de cercanía”.
La decisión mayoritaria del STJ enmarcó la situación en los antecedentes de la Corte Suprema y del propio cuerpo e indicó que “este Superior Tribunal de Justicia ha adoptado una postura restrictiva respecto de la concesión de medidas cautelares” en este tipo de procesos.
“Este Cuerpo tiene dicho que no es procedente la cautelar peticionada cuando se ataca la presunción de validez de la que están investidos prima facie los ordenamientos legales y los actos del poder público. Más aún, en el caso de duda entre la validez o no de la norma, ha de estarse siempre en favor de la constitucionalidad de la misma”, argumentó.