Largos trámites judiciales por hurto de una moto, ya lleva cuatro años
Villa Regina (ADN).- El Juzgado de Instrucción Nº 20 de Villa Regina tendrá competencia, según lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia, para entender en la causa derivada del hurto de una motocicleta por parte de una mujer ocurrido en el año 2010. Desde entonces se registró una larga serie de trámites judiciales, incluso un conflicto de competencia entre el Juzgado reginense y el Juzgado de Instrucción N° 6 de Cipolletti.
Las actuaciones se iniciaron en la Comisaría 5º de Villa Regina por la denuncia de hurto de un ciclomotor efectuada por Vivian Margot Q. en el año 2010. Los procedimientos fueron reservados y recobraron impulso en el año 2013, al solicitar la denunciante la entrega del vehículo que había sido secuestrado por el Juzgado de Faltas de Cipolletti en el año 2010.
En su oportunidad, fue indagada la persona a quien se le secuestró el vehículo y el titular del Juzgado de Instrucción Nº 20 de Villa Regina, Federico Dalsasso, dictó un sobreseimiento de aquélla.
Por su parte, la Cámara Tercera en lo Criminal de General Roca la resolución y ordenó que sigan las actuaciones según su estado. Vueltas las actuaciones al Juzgado de Instrucción Nº 20, Dalsasso declaró su incompetencia, remitiéndolas al Juzgado de Instrucción en turno de Cipolletti.
Para así decidir expuso que al haber anulado la Cámara la sentencia por él dictada y no existiendo prueba que determine que Mónica N. C. fuera autora del hecho de hurto, no corresponde que su Tribunal investigue la posible comisión del delito de encubrimiento por parte de la misma, atento que ha ocurrido en la ciudad de Cipolletti.
Recibidas las actuaciones en el Juzgado de Instrucción N° 6 de Cipolletti,, el juez Gustavo Herrera receptó la opinión del agente fiscal Oscar Cid, quien propugnó la incompetencia del Juzgado, haciendo alusión a la alternatividad entre ambas infracciones y a que la determinación de la Cámara de General Roca, al anular el sobreseimiento, ha implicado que aún no se ha resuelto la situación procesal de la imputada, motivo por el cual entiende que de aceptarse la competencia antes de que la misma sea resuelta, se estarían vulnerando garantías constitucionales.
Herrera compartió tal temperamento declarando su incompetencia. Básicamente hizo alusión a la doctrina del STJ sentada en los precedentes “Portales” y “Flores”.
Radicadas nuevamente las actuaciones en el Juzgado de Instrucción Nº 20 de Villa Regina, Paola Santarelli, como jueza subrogante, señaló que por no compartir el temperamento del juez de instrucción de Cipolletti remitió las actuaciones a este Tribunal a fin de dirimir la cuestión.
Al analizar el caso, la Procuración General propició que se resuelva la cuestión en favor de la continuidad de la causa por parte del Juzgado de Instrucción Nº 20 de la ciudad de Villa Regina y destacó que en la investigación del delito de encubrimiento debe intervenir el mismo Tribunal que entiende en el hurto, a fin de evitar doble juzgamiento.
Finalmente, desde el Superior Tribunal se coincidió con la solución propiciada por la Procuración General, en aplicación de la doctrina de ese cuerpo judicial, sentada en cinco causas anteriores. (ADN)