Ex sindicalista seguirá bajo prisión preventiva, según resolución del STJ
Bariloche (ADN).- El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de la Cámara Segunda en lo Criminal de Bariloche, del 5 de noviembre del 2014, que rechazó la apelación que presentó la defensa de Juan Walter Urs Kopprio contra la denegatoria de excarcelación. El ex dirigente sindical barilochense, imputado en una causa sobre presunta “mega estafa” con viviendas, está bajo prisión preventiva.
Entre otras consideraciones, la defensa de Kopprio argumentó que “se dictó sin más la captura, que derivó en la detención (de su defendido), la que perdura a la fecha” y agregó que “la conducta pasiva asumida tanto por el requerido como por su letrado, ya que solo bastaba comparecer ante el Tribunal o denunciar el nuevo domicilio para que, con cualquiera de esos simples actos y sin riesgo alguno, evitar el libramiento de una orden de captura”.
Afirmó también que “tampoco le importaron al Tribunal las razones dadas sobre el motivo de su ausencia de la localidad: escraches, hostilidad, temor fundado, vencimiento del contrato de locación…”.
Agregó que “menos aún se consideró en su beneficio que el imputado fue ubicado por su concurrencia voluntaria ante una dependencia pública a tramitar nada menos que un pasaporte” y entendió que “en modo alguno se trata este del actuar de quien pretende eludir la Justicia”.
La defensa también argumentó que “la prisión preventiva dictada carece de sustento, porque no existe peligro de fuga ni entorpecimiento de la actividad judicial” y dio sustento a esto último en que “no surge de manera precisa que su asistido supiera de la imposición de informar al Tribunal su cambio de domicilio y que no tuvo conocimiento de la intimación para regularizar su situación procesal”.
Pero, la jueza superior Adriana Zaratiegui señaló que “los planteos de nulidad que argumenta la defensa no se dedujeron ante el juez de Instrucción que tramita la causa principal, sino que se realizaron en el memorial de expresión de agravios por la apelación interpuesta contra la denegación de la excarcelación solicitada”.
Según constancias judiciales, Kopprio denunció el 18 de junio del año 2012 un domicilio real en calle Moreno 911, 3er. piso ‘A’ de la ciudad de San Carlos de Bariloche, declarando que su contrato en el lugar le vencía el 13 de julio del mismo año, manifestando por ello que haría conocer al Tribunal su nuevo domicilio al mudarse.
“La carga dinámica le corresponde al prevenido en tanto que pesa sobre él la obligación de comunicar al Tribunal cualquier cambio de domicilio. El hecho que se haya librado cédula al domicilio constituido de su letrado defensor … sin lugar a dudas obedeció a otra medida tendiente a individualizar a Kopprio para que se presente a estar a derecho, obteniéndose resultados negativos”.
“Se dictó en consecuencia su rebeldía y captura. Esta situación -rebeldía y captura- durante dos años, resultó un serio entorpecimiento para la investigación que recién logró reanudarse al momento de tomarse conocimiento que se encontraría en la localidad de Merlo, provincia de Buenos Aires”.
“Considerando este marco de ideas, tal como sostiene el juez de Instrucción y la Fiscalía, no se advierten razones de peso, que permitan desactivar la sospecha de probable infracción a los fines del proceso para el caso de otorgarse la libertad provisional”, concluyó la reciente resolución del STJ. (ADN)