Juzgado de Familia de Viedma intervendrá en protección de preso
Viedma (ADN).- El Juzgado de Familia de Viedma que resulte del sorteo a practicarse por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería local, tendrá competencia para entender en las actuaciones referidas a una curatela -sistema de protección- de un recluso que se encuentra alojado en la Unidad Penal 12 de Viedma, en la calidad de condenado.
Las actuaciones llegaron a conocimiento del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, en virtud de la remisión efectuada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que declaró competente para conocer en las actuaciones referidas a una curatela de quien se encuentra alojado en la Unidad 12 de Viedma, en carácter de condenado, a la Justicia de Río Negro.
El máximo Tribunal de la Nación, compartiendo la postura del defensor oficial y citando dos fallos, sostuvo que corresponde remitir la actuaciones al STJ rionegrino Tribunal a fin de que asigne la causa al organismo especializado en la materia, con jurisdicción en el lugar de residencia del condenado (Viedma).
Se explicó que el procurador general subrogante tiene presente la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en diversos precedentes, según el cual la jurisdicción del magistrado del lugar de residencia del causante su lugar de detención, coadyuvará al contacto directo y personal del órgano judicial que conoce en el proceso de curatela, primando así “los principios de inmediatez y economía procesal, esenciales a la naturaleza y finalidad de este tipo de procesos, máxime cuando se encuentran en juego garantías constitucionales”.
En breve fundamentación, la jueza Liliana Piccinini explicó que el STJ debe viabilizar lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a fin de asignar el expediente al Tribunal especializado en la materia con jurisdicción en el lugar de residencia del causante Viedma.
Por eso, coincidió con el dictamen de la Procuración General en cuanto corresponde atribuir la competencia para entender en presentes actuaciones al Juzgado de Familia de Viedma, que resulte del sorteo a practicarse por la Cámara respectiva.
Por su parte, el juez Sergio Barotto interpretó que no corresponde que se inste a través del Ministerio Público de la Defensa la promoción de la curatela en cuestión, en razón de que a esta instancia arriba un trámite en el cual aquella medida de protección legal ha sido impulsada a partir de lo en su momento decidido por el Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
“Concretamente, no corresponde pedir nuevamente lo que ya ha sido solicitado, sino, antes bien debe determinarse un Tribunal -en nuestra jurisdicción, un Juzgado de Familia- que llevará adelante el proceso de nombramiento del curador/a de que se trate, bajo las normas de fondo contenidas en el Código Civil.