Pesca: capturas artesanales deben procesarse en plantas terrestres
San Antonio.- Una resolución oficial, vigente a partir de ayer, establece que las capturas pesqueras obtenidas por embarcaciones que resulten beneficiarias de las excepciones reguladas por la Ley de Pesca Artesanal de Río Negro, deben procesarse en plantas habilitadas ubicadas en el territorio provincial.
Hasta ahora, se otorgaron excepciones sin que se dispusieran medidas sobre el tratamiento a dar a las capturas obtenidas por este tipo de embarcaciones, con el fin de maximizar la generación de riquezas pesqueras en origen.
Por eso,se considera oportuno regular este sector productivo para “privilegiar la utilización de mano de obra rionegrina en el procesamiento de los recursos pesqueros provinciales”.
Para implementar la nueva medida -resolución 063- se podrá optar por una o más de las siguientes alternativas: procesamiento en la Terminal Pesquera Artesanal Marítima; en plantas inscriptas en el registro creado por la ley 1960, de Pesca, o venta a permisionarios de la Ley 2.519, de Pesca Artesanal, que no cuenten con alguna de las excepciones normadas.
Se estimó procedente “establecer medidas que eviten o minimicen las interacciones negativas entre flotas de diferente porte y arte de pesca, a los efectos de evitar riesgos de pescadores artesanales que operan mediante buceo, así como pérdida de equipos de pescadores que operan con palangres de anzuelos y que pueden ser destruidos por las redes de arrastre utilizadas por embarcaciones que gocen de las excepciones previstas en el artículo 7° de la Ley 2.519, de Pesca Artesanal Marítima.