Activos de Turbine Power fueron vendidos en u$s23 millones, hace un año
Cipolletti (ADN).- La Justicia nacional autorizó, hace casi un año, la venta de ciertos activos de la concursada empresa Turbine Power Co SA a la firma Rafael G. Albanesi SA, por 23.000.000 millones de dólares, mediante un pago inicial de 12.000.000 de la misma moneda y el saldo en tres cuotas semestrales, iguales y consecutivas, según se desprende de un expediente judicial rionegrino emitido el 12 de julio pasado.
De ese modo, se interpretó que Turbine se encuentra en condiciones de afrontar las costas del proceso, en su totalidad.
En ámbito de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Cipolletti, integrada por los jueces Raúl Santos, César Gutiérrez Elcarás y Luis Méndez, se encuentran las actuaciones caratuladas “Turbine Power CO SA sobre beneficio de litigar sin gastos”.
Según el expediente, la Fiscalía de Estado fue anoticiada del suceso el 14 de septiembre del 2011, es decir el día anterior a esta presentación y se solicitó, en base a ello, que se deje sin efecto la sentencia del Tribunal cipoleño del 5 de noviembre de 2008 y que se deniegue la posterior solicitud presentada por la empresa tendiente a que se la exima de la totalidad de las costas.
“Introduce que el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 9 ha resuelto en fecha 19/08/2011, en los autos caratulados “Turbine Power CO. S.A. Sobre concurso preventivo” expediente N° 86.991), autorizar la venta de ciertos activos de la concursada a la empresa Rafael G. Albanesi SA, por un monto de U$S 23.000.000, mediante pago inicial de U$S 12.000.000 y el saldo en tres cuotas semestrales, iguales y consecutivas.
Deduce de ello que la peticionante del presente beneficio se encuentra en condiciones de afrontar las costas del proceso, en su totalidad”.
Se citó la resolución de la Cámara cipoleña del 26 de febrero de 2010 y argumentó que de lo manifestado en su presentación y las pruebas aportadas, con la acreditación del cobro del seguro por parte de Turbine, “son más que suficientes elementos de juicio que acreditan la capacidad económica de la actora para hacer frente a los gastos del proceso”.
Por su parte, la accionante entiende que “no es oportunidad para denunciar hechos nuevos, menos aún en el marco de un proceso de beneficio de litigar sin gastos, de neto corte incidental” y que en el caso de que el Tribunal acceda al tratamiento de la denuncia de tal hecho, “responde las manifestaciones vertidas por la Fiscalía de Estado”.
“En primer lugar, que la autorización de venta de algunos activos de la empresa de su mandante se encuentra aun sujeta al cumplimiento de determinados requisitos, por lo que mal puede pretender que las sumas de la transacción han ingresado al patrimonio de su mandante. Que, en todo caso, las que ingresen habrán de servir para afrontar las múltiples deudas atrasadas e impagas que mantiene su representada en el ámbito concursal, además de servir como garantía del cumplimiento del concordato homologado, como también las costas y los gastos de justicia generados por su proceso concursal. Que la suma a percibir no alcanza a cubrir el pasivo concursal”.
Agregó la empresa que “la suma cobrada por el seguro fue utilizada íntegramente para el pago de créditos del concurso atrasados y en mora, impostergables frente al riesgo del decreto de quiebra”. (ADN)