Analizan implementar manual de monitoreo de lugares de detención
Viedma (ADN).- En la Justicia rionegrina es materia de análisis la implementación obligatoria en el ámbito del Ministerio Público de Río Negro del “Manual de monitoreo de lugares de detención del Ministerio Público de la Defensa de la Provincia de Chubut”, que implicará la obligación a funcionarios judiciales de realizar visitas a cárceles y otros lugares de permanencia de reclusos.
Mientras tanto, se tiene previsto crear en todas las Circunscripciones Judiciales una unidad temática fiscal destinada a la atención de las cuestiones vinculadas a la ejecución de la pena.
Según un reciente informe al cual accedió ADN, sería conveniente que los funcionarios encargados de esa tarea fueran tengan acceso a herramientas válidas para el desarrollo de la función y una es la implementación de un programa de visitas a las unidades de detención, entre cuyas determinaciones se brinde la integración del equipo de visita y los objetivos particulares y generales.
La Fiscalía General de Río Negro destacó que el Manual que se pone a consideración “resulta una valiosa herramienta para el cumplimiento de las funciones del Ministerio Público de la Provincia”.
En lo vinculado estrictamente con el Ministerio Público Fiscal, tal conclusión se impone teniendo en cuenta “las obligaciones asumidas por el Estado, fundamentalmente aquellas que se desprenden de la declaración sobre la protección de todas las personas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”.
Se considera necesario que el acto administrativo que disponga la puesta en marcha el programa, determine qué instituciones –además del Ministerio Público de la Provincia- integrarán el equipo interdisciplinario a cuyo cargo estará la tarea de ejecutar las visitas a los lugares de detención.
Además, con base en el documento analizado, cuáles resultarán las finalidades de las visitas y sobre que representante recaerá la obligación de evacuar o cumplir cada una de ellas; con qué periodicidad se concretarán las visitas y, dentro de ellas, escindir según se trate de unidades en el territorio de la provincia o fuera de él; también por las características particulares de quienes se encuentran privados de la libertad (jóvenes menores de edad); la forma en que los resultados de la visita habrán de ser plasmados (planillas del anexo); qué indicadores habrán de ser incorporados en los sistemas de gestión para permitir la fácil determinación de los resultados de la intervención; y quiénes estarán a cargo del seguimiento y control de cumplimiento de los compromisos que asuma la autoridad penitenciaria respecto de alguna observación que le sea formulada al finalizar una visita.