Confirman sentencia que rechazó apelación de presunto pedófilo en Bariloche
Bariloche (ADN).- Los jueces del Superior Tribunal de Justicia confirmaron este mes la sentencia de la Cámara Primera en lo Criminal de Bariloche -del 13 de abril pasado- que rechazó una apelación planteada por la defensa del docente Ricardo Runge, imputado del delito de distribución y tenencia de pornografía infantil. A ese sujeto se le secuestraron 4.050 fotos y 133 videos, según la documentación del procesamiento.
La defensa pretendía que se declarara la nulidad de la requisitoria fiscal porque se basa, a su criterio, en un “acto nulo de nulidad absoluta”, cual es el allanamiento que se llevó a cabo en presencia de menores de edad y de una persona discapacitada, sin intervención alguna del Ministerio Pupilar.
Contra la decisión del Tribunal barilochense, el defensor particular Omar Alfredo Costa interpuso un recurso de casación.
En su denegatoria, el Tribunal barilochense rechazó sin más trámite el recurso de casación presentado por “manifiestamente improcedente”, ya que la resolución impugnada “no es una de las previstas por nuestro código adjetivo para habilitar esta vía, es decir no se trata de una sentencia definitiva ni de un auto que ponga fin a la acción o a la pena, o haga imposible que continúen, o deniegue la extinción, conmutación o suspensión de la pena”.
En su recurso de hecho, la defensa argumentó que la acusación y el pedido de elevación a juicio del fiscal son actos sumamente importantes para los fines de la defensa del imputado y que “sus deficiencias e imprecisiones no permiten ejercer debidamente tal ministerio en el plenario, aclarando que el objetivo en la casación es el fallo de Cámara que es una sentencia definitiva exigua, errónea y deficiente, y no contesta el último punto de la apelación planteada, donde se cuestiona la cantidad de hechos que dieron origen al pretendido delito de acumulación de imágenes pedofílicas”.
Por eso, solicitó la nulidad del fallo, de la acusación y el pedido de elevación a juicio del fiscal.
Pero, el juez del Superior Tribunal Sergio Barotto sustentó que el recurso de queja no puede prosperar porque “no rebate los argumentos de la denegatoria, lo que impide habilitar la instancia atento a su inhabilidad formal. En efecto, la sentencia interlocutoria que decide rechazar el recurso de apelación no es definitiva ni equiparable a tal, dado que no pone fin a la acción”, agregó el magistrado. (ADN)