Contrapunto judicial por descuento salarial a Defensor de Pobres y Ausentes
(ADN).- Jueces de la Cámara del Trabajo de Cipolletti anularon la resolución de la Defensoría General del Ministerio Público que ordenó descontar dos días del sueldo a un defensor de Pobres y Ausentes, con antigüedad laboral de 26 años en el Poder Judicial, que no habría justificado la concurrencia al trabajo durante 48 horas por una afección gripal.
Los magistrados cipoleños señalaron que la resolución “ha sido un inédito asechamiento” al funcionario judicial y mencionaron que se pretendió “forzar la negativa a justificar la inasistencia por una “falta de oportuno aviso” resguardada en una reglamentación que en ciertas oportunidades resulta de imposible o inocuo cumplimiento si posteriormente se sanea dicho aviso y justificación, dando preponderancia o justificándose en un excesivo rigor formal”.
Omar Dardo Vega presentó formal demanda contencioso administrativa contra el Poder Judicial de Río Negro persiguiendo la nulidad de la sanción dispuesta en el expediente Nº 049/DJ/13 y que se ordene el reintegro de $ 3.066,12 con más intereses y costas.
Explicó que por una afección gripal aguda debió faltar a sus tareas habituales, dando aviso telefónico al personal bajo su dependencia y también a la Superintendencia de los Ministerios Públicos de Cipolletti.
Agregó que la inasistencia se produjo el 26 y 27 de junio de 2013 y que se reincorporó a su despacho el 28, y que notificó a la delegada del Ministerio Público local, Elsa Romero, con el certificado médico que dio cuenta del cuadro virósico gripal virulento que padecía.
Destacó que cumplió con la reglamentación vigente en la materia referida a las licencias por enfermedad y señaló que mereció, cuanto menos, un trato acorde a sus antecedentes como funcionario de la Constitución, sin sumario alguno que manchara su legajo.
Por su parte, los jueces Raúl Santos, Luis Lavedan y Luis Mendez mencionaron que las declaraciones testimoniales colectadas en la audiencia de vista de LA causa son coincidentes en que Vega, el día anterior presentaba signos de agotamiento y decaimiento producto de un fuerte resfrío y que el día 26 dio aviso telefónico a su organismo respecto de la imposibilidad de concurrir a trabajar.
Indicaron además que “evidentemente, la motivación de la resolución ha sido un inédito asechamiento al funcionario judicial, con 23 años de antigüedad al momento del dictado de la resolución” y concluyeron que “se ha dado relevancia a una exceso ritual de carácter manifiesto que invalidan el acto atacado”.